Jueves, 11 de enero de 2007
Fracasó iniciativa aprista sobre la pena de muerte


Proyecto para casos de terrorismo no se dictaminó en comisiones. Solo la bancada fujimorista apoyó a los oficialistas en su intento



Por Gerardo Caballero

Primera derrota política del gobierno aprista. El Congreso decidió anoche enviar al archivo el proyecto que buscaba establecer la pena de muerte para los casos de terrorismo.

Aunque se anunciaba una discusión de varios días, apenas en horas se definió la suerte de la iniciativa del Poder Ejecutivo.

El encargado de abrir fuegos en el debate de ayer fue Raúl Castro Stagnaro (UN), presidente de la Comisión de Justicia, quien advirtió que la aprobación del proyecto de ley obligaría al Perú a retirarse de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Sin embargo, fue el aprista Javier Valle Riestra el que encendió la postura abolicionista en el Parlamento. "Yo no soy el más importante de los apristas, pero tengo 60 años de aprismo y me siento obligado a intervenir para que no se diga que claudiqué con el silencio". Sus palabras arrancaron aplausos en el hemiciclo.

Valle Riestra se convertiría en el único aprista que estaría en contra de la pena de muerte, pero en vez de darle un temprano tiro de gracia al proyecto, propuso que este fuera dictaminado en la Comisión de Justicia.

Armados de valor, los representantes del Partido Nacionalista Peruano (PNP) rechazaron sucesivamente la instauración de la pena capital. Asimismo, el congresista y presidente de Unión por el Perú (UPP), Aldo Estrada sentó la posición de su bancada: "En UPP defendemos la vida y estamos en contra de todo proyecto que pretenda eliminarla", dijo.

EL BLOQUE DE ENFRENTE
Los apristas veían con preocupación este panorama. El presidente de la Comisión de Constitución, Aurelio Pastor (PAP), sostenía que, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, establecer la pena de muerte en la legislación peruana no significaba una violación de derechos humanos 'per se'.

Mercedes Cabanillas (PAP), desde el sillón de la presidencia del Legislativo y buscando ahorrarle un chasco político al Gobierno, evitaba someter el proyecto de ley a votación.

Y de pronto una mano amiga: Carlos Raffo, vocero del Grupo Parlamentario Fujimorista, revelaba que su bancada votaría a favor de la pena de muerte. "Acá no se trata de si le conviene a Alan García en el tema de El Frontón o a Alberto Fujimori en un proceso de extradición que está en Chile", comentó.

Finalmente, a pesar del rechazo al proyecto de la pena de muerte, Cabanillas decidió someter a votación la cuestión previa.

Paradójicamente, la oposición decidió no apoyarla. Tenían preparado un golpe mayor. La iniciativa para que el proyecto regresase a comisiones perdió por 31 votos a favor, 45 en contra y una abstención.

De inmediato, el vocero del PNP, Juvenal Ordóñez, pidió votar otra cuestión previa: Enviar el proyecto de ley al archivo.

El resultado: 49 votos a favor y 26 en contra. Nadie se abstuvo. La reconsideración presentada al instante por el vocero aprista, Javier Velásquez Quesquén, solo alcanzó 28 de los 60 votos que necesitaba. Ese fue el tiro de gracia.

PRECISIONES
Proyecto del ley era inconstitucional
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El presidente de la Sala Especial de Terrorismo, Pablo Talavera, sostuvo que era inconstitucional el proyecto de ley del Poder Ejecutivo para aplicar la pena de muerte.
4 Indicó que el artículo 140 de la Constitución exige aplicar la pena de muerte "de acuerdo con tratados internacionales", lo cual no se hubiera cumplido.
4 Talavera también recordó que el 3 de enero del 2003 el Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional las llamadas penas de carácter abierto.
4 "Las penas abiertas son las que dicen 'no menor de 10 (años de pena privativa de la libertad)' pero que no tienen un límite", explicó. Y el proyecto del Ejecutivo tenía varias penas abiertas.
4 El TC ha establecido que el máximo de una pena temporal es de 35 años y el Ejecutivo planteaba penas mínimas de 35 años. "Yo diría que es inconstitucional", remarcó Talavera.
4 También violaba el principio de proporcionalidad, pues un cómplice de terrorismo recibía una pena mayor que un homicida.

SEPA MÁS
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El artículo 140 de la Constitución establece la pena de muerte por traición a la Patria y de terrorismo, conforme a las leyes y los tratados internacionales. Era necesario un proyecto de desarrollo constitucional.
4 La Convención Americana de Derechos Humanos establece en el numeral 2 del artículo 4 que los países que lo suscriban no podrán restaurar la pena de muerte ni ampliar las causales para su aplicación.
4 El Perú suscribió la Convención cuando estaba vigente la Constitución de 1933, en donde la pena capital se aplicaba por homicidio y traición a la patria.



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