A pesar de que en junio del 2001 se detectó y detuvo el funcionamiento del programa filtro (que flexibilizó las revisiones del control aduanero), se tardó cinco años en denunciar los hechos ante el Ministerio Público.
Era difícil que el entonces superintendente de Aduanas Arturo Ramírez Salomón denunciara estos hechos, debido a que él y personal de su confianza estaban involucrados. Sin embargo, durante las siguientes administraciones, las investigaciones de este caso también avanzaron lentamente.
La demanda ante la fiscalía se efectuó cinco años después de ocurridos estos incidentes y las investigaciones en Aduanas empezaron cuando la ex superintendencia ejecutiva de esta institución solicitó a la entonces Oficina de Auditoría Interna de dicha entidad, mediante el memorándum 024-2002-Aduanas/SE del 10 de octubre del 2002, que realice una acción de control sobre las modificaciones que se hicieran al Sistema de Asignación de Canales.
Debido a innumerables problemas , el informe se terminó más de un año después, y recién el 24 de febrero del 2004 la Oficina de Control Interno (OCI) solicitó a la Intendencia Nacional Jurídica (INJ) de la Sunat que opinara sobre los supuestos delitos cometidos en la aplicación del programa filtro.
Es aquí que empiezan las dilaciones inexplicables. El 11 de mayo, la Gerencia Procesal de la Sunat emitió un informe muy general y escueto (de solo dos páginas) para un tema de tamaña envergadura. En él se señalaba que los implicados en estas irregularidades podían ser acusados por contrabando, usurpación de funciones y abuso de autoridad, pero no individualizaba las responsabilidades.
Luego de esta respuesta, la investigación quedó en un limbo. Las altas autoridades de la Sunat dejaron pasar el tiempo. Finalmente, transcurrido un año, se acordó que la OCI volviera a solicitar a la INJ que se pronuncie nuevamente. El 6 de setiembre del 2005, la OCI pidió por segunda vez que la INJ dé su opinión. A pesar de que esperó otros tres meses, el informe dejó las mismas dudas que el anterior.
En una página la INJ indicó que además de los delitos mencionados en su anterior informe, se les debería acusar por asociación ilícita. La OCI solo pudo aclarar el panorama legal en abril del 2006, cuando decide pedir a la Administración de la Sunat que se contrate a un estudio de abogados para que dé una opinión legal más autorizada. Mediante un proceso de menor cuantía se contrata el estudio Benites, Forno & Ugaz. El citado estudio envía dos cartas (el 24 de mayo y 1 de junio), en las que recomienda acusar por asociación ilícita para delinquir y usurpación de funciones a los funcionarios que la OCI investigaba.
Exactamente cinco años después de ocurridos los hechos, el 9 de junio del 2006, la OCI evacúa el Informe 001-2006-1B0000. En él se recomienda denunciar a los funcionarios implicados (como se vio en la nota precedente). Un mes después, tal sugerencia se pone en práctica y el 8 de julio la Sunat interpone la demanda en la Fiscalía Penal 12 del Callao.
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4 No hubo sanciones inmediatas