Norma se aplicará para lucha contra el terrorismo y para conjurar vandalismo
Por Franklin Briceño Huamán
El Poder Ejecutivo envió al Congreso el proyecto de ley que norma el empleo de la fuerza por parte de los institutos armados en casos de terrorismo, restablecimiento del orden interno, catástrofe y conflictos armados no internacionales.
Se trata de la primera vez en la legislación peruana que se precisarán las condiciones en las cuales las Fuerzas Armadas podrán actuar tanto en situaciones de emergencia como --de manera excepcional-- en situaciones que se requiera su concurso en apoyo de la Policía Nacional; es decir, cuando interviene en zonas no declaradas de emergencia.
El proyecto de ley que consta de 13 artículos busca establecer límites y condiciones a la actuación de las Fuerzas Armadas, garantizando a la ciudadanía y a los propios miembros de los institutos armados un marco jurídico para su accionar y el cabal respeto de sus derechos y obligaciones.
Entre los principios regulatorios de este proyecto resalta el punto en el que se indica que las "operaciones ajustarán su accionar a lo previsto en la Constitución y legislación nacional y en estricta observancia de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario".
EVITAR PROCESOS INJUSTOS
Según la exposición de motivos del presente proyecto, con esta iniciativa se cubrirá "un vacío en el sistema jurídico peruano que, de haberse contado durante la lucha antisubversiva en el período de 1980-2000, hubiera evitado el inicio de procesos judiciales injustos contra el personal militar", se indica en el texto.
El uso de la fuerza en todo momento busca ser disuasivo y prioriza la neutralización del agresor antes del uso de armas de fuego. Por ejemplo, debe alertarse verbalmente tres veces antes de efectuar un disparo.
PASO IMPORTANTE
Para el especialista en defensa José Robles Montoya, este proyecto de ley es un paso importante en la regulación del accionar de los institutos armados; sin embargo, dejó en claro que la norma es insuficiente.
Resaltó que en el ámbito sudamericano, el Perú sería uno de los pocos países que contaría con una legislación especial en el uso de la fuerza. Bolivia tiene un manual de uso táctico y Colombia posee reglas de enfrentamiento debido a su experiencia constante con el problema de las guerrillas; no obstante, ninguno de esos países posee una legislación específica como la que tendrá el Perú.
De otro lado, comentó que aparte de la norma enviada al Congreso, falta desarrollar a profundidad los regímenes de estado de excepción establecidos en el artículo 137 de la Constitución Política.
"El estado de emergencia y el estado de sitio son dos regímenes que necesitan ser regulados al detalle", comentó el especialista.
PASO A PASO
Reglas para las Fuerzas Armadas