PREVIA REFORMA CONSTITUCIONAL

CNM dispuesto a colaborar en elección de autoridades del TC

Si el Congreso de la República decide pedírselo, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) contribuirá al proceso para elegir a los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional (TC).

Lo dijo ayer el titular de ese organismo de rango constitucional, Maximiliano Cárdenas, quien explicó que esta entidad está dispuesta a aceptar el reto, previo cambio de la actual normatividad constitucional.

"El Consejo Nacional de la Magistratura cumpliría con modestia y rigor la evaluación de los postulantes, una vez que se modifique el artículo 201 de la Constitución", indicó la autoridad del CNM.

Agregó que otra opción válida es que el CNM se encargue de la evaluación técnica de los candidatos a magistrados del TC y que el Congreso resuelva la elección final entre los mejores.

"Nosotros podemos contribuir en todas las etapas técnicas y preparación de temas, pero me da la impresión de que de todas maneras el Congreso tendría que decidir finalmente, porque los parlamentarios fueron elegidos por la población", indicó.

Al respecto, el vocero de la bancada del Partido Aprista Peruano, Luis Gonzales Posada, señaló a El Comercio que propondrá a sus compañeros corregir la actual Ley de Leyes para que el Consejo Nacional de la Magistratura se encargue de examinar a los mejores candidatos a magistrados del Tribunal Constitucional, en la parte referida a la evaluación de su perfil académico y entrevista personal, y dejar para la representación parlamentaria la elección final de los mejores juristas aptos para asumir estas funciones en el TC.

Dijo que se trataría de un proceso electoral mixto que bien podría reformar el actual sistema de selección con la participación previa de una entidad de rango constitucional ajena al Parlamento Nacional.

Gonzales Posada admitió que esta proposición de todas maneras implicará una reforma constitucional, lo cual demandará un año de debate porque la Constitución exige que todo cambio requiere una aprobación consecutiva en dos legislaturas ordinarias con 81 votos o en una legislatura con 61 votos más un referéndum ciudadano para que entre en vigencia.

Sugirió que la composición del CNM sea reformada para que tenga asiento una mayoría de consejeros de formación jurídica.

LO QUE DICE LA LEY
Las funciones de las dos instituciones
4
De acuerdo con el artículo 201 de la Constitución Política del Estado, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) se encarga de la selección y el nombramiento de los jueces y fiscales, salvo cuando estos provengan de elección popular. El CNM es independiente y se rige por su ley orgánica.

4En cuanto al Tribunal Constitucional (TC), es el órgano de control de la Constitución. Es autónomo e independiente. Se compone de siete miembros elegidos por cinco años.

4El TC conoce en última instancia la acción de inconstitucionalidad y recursos denegatorias de acciones de garantías.