Decisión del Tribunal Constitucional
Dejan sin efecto ley que no permitía revisar decisiones del órgano electoral. JNE denuncia que magistrados del TC violan Constitución que deben defender
Por Juan Vargas Sánchez
Los fallos del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), hasta ahora inapelables, podrán ser revisados cuando los ciudadanos consideren afectados sus derechos constitucionales.
Así lo decidió el Tribunal Constitucional (TC), para lo cual ordenó dejar sin efecto la Ley 28642 que declaraba la irrevisabilidad de los fallos de la autoridad electoral.
"Estamos devolviendo a la ciudadanía su derecho a acudir al Poder Judicial en temas electorales, pero hemos dejado en claro que no se afectará ni el cronograma electoral ni los resultados de la voluntad popular expresada en las urnas", afirmó el presidente del TC, César Landa.
Es la tercera vez en dos años que el sistema judicial cambia el estatus de los fallos del máximo ente electoral.
Landa explicó que esta vez se ha ratificado el carácter irreparable de cada una de las etapas del proceso electoral. Es decir, que si un candidato ha sido tachado por el JNE y este reclama ante la justicia, aun cuando tenga razón, no se podrá paralizar el cronograma electoral ni menos variar el resultado de las elecciones.
"Lo que se decida solo servirá para que las autoridades no vuelvan a cometer el mismo error (....), se establece una obligación de mejora de las normas y, si hubiera lugar, se podría establecer las responsabilidades de los funcionarios del JNE", precisó.
En este último caso, los miembros del jurado podrían ser amonestados, multados o hasta separados del cargo.
Landa sostiene que la decisión del TC no demorará el accionar del JNE, pues desde 1996 han resuelto 39.109 procesos constitucionales, de los cuales solo 23 fueron casos de amparo por temas electorales, todos los cuales --salvo dos-- fueron declarados improcedentes por irreparables.
LA REACCIÓN DEL JURADO
Como es lógico, en el JNE no están contentos. El miembro titular de esa entidad, Gastón Soto Vallenas, sostuvo que el TC ha violado la Constitución que debe defender.
Indicó que la ley de leyes ampara las resoluciones del JNE como máxima instancia en materia electoral y que, por ello, sus decisiones eran irrevisables. Adelantó que defenderán tal estatus.
"No nos vamos a quedar callados, vamos a denunciar esta violación a la Constitución, de por medio está la legalidad y la constitucionalidad", manifestó.
Acusó que el procedimiento fue ilegal, que los miembros del TC adelantaron opinión y que "de manera sospechosa" agilizaron los trámites. El JNE pidió a inicios de mes que el Ministerio Público investigara a seis de los siete magistrados del TC por este caso.
PARA RECORDAR
A. La Constitución de 1993 declara que las decisiones del JNE no son revisables.
B. En 1995, el JNE impide la postulación de Susana Higuchi. El caso llega a la CIDH, que recomienda al Perú tener una entidad que revise las decisiones del JNE.
C. El 2004, el Código Procesal Constitucional atiende la posición de la CIDH: los fallos del JNE son revisables.
D. El Congreso dicta en el 2005 la Ley 28642, que declara nuevamente la irrevisabilidad de los fallos del JNE.