Principios Rectores

Principio Rector 18: La rectificación y la réplica

LO PEOR DEL ERROR ES NO ENMENDARLO. EN EL CASO DE LA DIFUSIÓN DE DATOS INEXACTOS, LOS MEDIOS DEL GRUPO SE RECTIFICAN OPORTUNAMENTE. EN EL CASO DE SOLICITUD DE RÉPLICAS, EL DIRECTOR DEL MEDIO DECIDE LA PERTINENCIA DE SU DIFUSIÓN.

i. Mucho daño podemos hacer cuando cometemos un error. Por ello, la primera actitud del periodista responsable debe ser la de, por iniciativa propia, enmendar el dato mal consignado. (Ver Principio Rector 11, La responsabilidad periodística, iii)

ii. No debe confundirse la rectificación con la réplica. La primera corrige un dato equivocadamente consignado, la segunda se refiere al pedido de publicar una opinión divergente a la ya difundida. Frente a ellas se adoptan las siguientes políticas:

  • La rectificación: en caso de que se reciba un pedido de corregir un dato inexactamente consignado, los medios del Grupo tienen como política rectificarse. Cada medio consignará en su Libro de Estilo la mecánica de rectificación.
  • La réplica: en este caso, en que no hay obligación legal ni eventualmente ética, el director periodístico del medio decide la conveniencia o no de difundirla. Se basa para ello en el principio del pluralismo informativo y en el interés o importancia que la réplica pueda tener para cumplir la misión de orientar e informar. (Ver Principio Rector 12, La autonomía informativa, i; Principio Rector 20, El cumplimiento de los Principios Rectores, v)

iii. Los medios del Grupo que se han acogido a la jurisdicción del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana se atienen a las resoluciones sobre rectificaciones que este emita.