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jueves 12 de julio del 2012 15:25

Todo lo que debes de saber ahora que vas a recibir tu gratificación

En conversación con elcomercio.pe, expertos precisan desde cuánto es lo que recibiremos hasta en qué y cómo invertir nuestro dinero extra

Todo lo que debes de saber ahora que vas a recibir tu gratificación
(Foto: Archivo El Comercio)

Sondeo Online

IVAN ÁLVAREZ ARREDONDO / (@ialvareza)
Redacción online

Para muchos trabajadores el mes de julio es sinónimo de alegría o alivio, debido a las gratificaciones que recibirán de sus empleadores por Fiestas Patrias. Sin embargo, sucede a veces que no se sabe con certeza cuánto es lo que se debe recibir, cómo administrar y optimizar este ingreso extra, entre otras interrogantes, que precisamente respondemos en esta nota.

CUESTIONES LEGALES Y MONTOS
De acuerdo a ley, toda empresa (privada o pública) tiene como plazo límite hasta el 15 de este mes para depositar la gratificación. De no hacerlo, llame al Ministerio de Trabajo para que realice una inspección laboral a fin de que pueda recibir esta bonificación más el interés que haya generado.

No todos los trabajadores reciben este beneficio, e incluso el monto no es el mismo para todos. Si se trabaja en el régimen privado, la gratificación que recibirá debe equivaler a un sueldo completo, siempre que haya laborado durante todo el primer semestre, de lo contrario, se pagará un sexto (de su sueldo) por cada mes trabajado, refiere Angélica Vinces, asesora legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

En el caso de los trabajadores de las pequeñas empresas que hayan sido contratados después de inscribirse en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype), deberán obtener una gratificación equivalente al 50% de su remuneración mensual. El mismo porcentaje percibirán por esta bonificación las empleadas del hogar, tal como lo señala la Ley 27986.

Pero si está empleado en el régimen público, recibirá por Fiestas Patrias un aguinaldo de S/.300. Además, a partir de este año, los trabajadores bajo el régimen CAS (Contratos Administrativos de Servicios) también tendrán el mismo beneficio.

INGRESO ADICIONAL
Debido a que la Ley 29714 exonera hasta fines del 2014 a las gratificaciones de los descuentos por concepto de EsSalud, AFP y ONP, explica el abogado laboral Jorge Castro de la PUCP, se recibirá una bonificación extraordinaria de 9% de su “grati” correspondiente al aporte que hace su empleador al Seguro Social de Salud (EsSalud). Sin embargo, si está afiliado a una EPS, recibirá un adicional equivalente a 6,75%.

Para decirlo en números, si gana S/.1.000 y está asegurado en EsSalud, recibirá en total por gratificación y bonificación extraordinaria S/.1.090; pero si gana lo mismo y está afiliado a una EPS, obtendrá S/.1.067,5.

¿QUÉ HACER CON MI PLATA?
En diálogo con esta web, el economista Jorge Gonzáles Izquierdo dice que como la gratificación es un ingreso transitorio (no se recibe todos los meses), “lo conveniente es ahorrar y pagar las deudas”.

Así, es recomendable destinar los ingresos a cancelar las deudas más caras, sobre todo aquellas que se generaron con el empleo de las tarjetas de crédito dado que los intereses son altos. Además, refiere, es importante amortizar (reducir) los importes de los créditos hipotecarios o vehiculares solicitando un prepago al banco que se adeuda.

Si no se tienen cuentas por pagar, dice el economista, se puede pensar en cómo hacer crecer este beneficio extra, por lo que aconseja emplear más del 50% para depositarlo a plazos. Para ello, agrega, hay que elegir cuál es la entidad financiera que por ahorrar paga más (revise esos datos en el portal de la SBS o en el de Comparabien.com).

Otra forma de darle un uso efectivo a la “grati” es pensar en una inversión. Consultado por elcomercio.pe, Augusto Rodríguez, gerente general de Credifondo SAF, señala que una alternativa son los fondos mutuos, aunque precisa que es necesario informarse sobre las ganancias y riesgos que supone esta inversión, a la que puede entrar con un monto mínimo de S/.1.000 o US$500.

¿Y dónde encuentra información sobre fondos mutuos? Rodríguez manifiesta que puede revisar las páginas web de las sociedades administradoras de fondos.

Hay distintas formas, como ve, de darle un buen empleo a su gratificación. La idea es sacarle provecho. Suerte.

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    Fiorella Vitalia
    se que esta pregunta .o esta relacionada. Soy cubana y mi esposo es de Arequipa. Mi esposo y yo tenemos un contrato prenupcial en Miami. Alguien sabe si el ya hizo su testamento, puede excluirme como su heredera? Dejo de ser heredera forzosa y viceversa?
    13 de julio del 2012 03:48
    fredy cazaz (fredycazaz)
    Yo no tengo grati solo debo trabajar el 28 y 29 pa cobrar el 50% por servicio d taxi k puedo hacer c eso , jajajaaa solo pagar deudas , felicez fiestas para todos.
    13 de julio del 2012 02:01
    Juan Carlos Ocampo
    Lo que hagas con tu grati esta en funcion a tu nivel de deuda de consumo, si esta es mas de tres veces tu ingreso neto, mejor usa el 60% para reducir deuda cara. Si tu deuda es menor, disfruta con la familia y compra lo que ellos necesiten, si puedes ahorra el 30%
    13 de julio del 2012 00:35
    Dider Ibazeta
    Con los 300 soles para el sector estatal qué puede hacer uno!!!
    12 de julio del 2012 21:46
    Mario José Gamarra Deza (magamarra)
    En números, quisiera saber cuanto es un sexto de S/.1,500.00 para multiplicarlo por 4 meses que vengo trabajando en una empresa privada. GRACIAS
    12 de julio del 2012 18:10
    Dionisio baco barron
    yo voto para que desaparezcan las afp
    12 de julio del 2012 17:44
    Clau Casfer (clauclauclau)
    vaia con la grati mejor pagar deduas o ahorrar
    12 de julio del 2012 17:42
    Musa Casas Roque (musacasas)
    La mejor inversión será irme de viaje con mi hijo, desconectarme del mundo y olvidarme por unos días de mi trabajo. Eso no tiene precio.
    12 de julio del 2012 17:38
    juan jesus salazar (juanjesus007)
    no era el 22% adicional??
    12 de julio del 2012 17:14
    Angelica LP (angelylop)
    Buen dato!
    12 de julio del 2012 16:23