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24 de mayo del 2012 | 19 °C
Comacsa iniciará proceso en el Poder Judicial para que se retome medida

Por: Alejandra Costa
El Indecopi decidió revocar ayer la resolución de octubre del año pasado que ordenó la aplicación de derechos antidumping sobre las importaciones de cemento portland blanco desde México por parte de la transnacional Cemex, a partir de una denuncia presentada en el 2006 por la Compañía Minera Agregados Calcáreos (Comacsa).
De esta manera, Cemex ya no tendrá que pagar US$62 por cada tonelada métrica que importe de este producto, un insumo utilizado en acabados de construcción (para hacer fraguas) y cuyo mercado –aproximadamente de S/.30 millones anuales– es solo el 0,5% del de cemento gris.
SIN DAÑO SIGNIFICATIVO
La resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual publicada ayer argumenta que, pese a que se comprobó que Cemex exportaba cemento blanco al Perú a un precio FOB menor en 142,38% al valor de venta en México, el daño a la industria local no es lo suficientemente significativo como para justificar una medida antidumping.
En esa línea, la resolución 3004-2010/SC1-Indecopi refiere que los indicadores económicos y financieros de Comacsa fueron positivos durante el período de investigación, que va desde el primer semestre del 2003 hasta la primera mitad del 2006.
Asimismo, señala que, si bien se observó una reducción en la participación de mercado por parte de Comacsa –la única empresa que produce cemento blanco en el Perú–, así como la existencia de márgenes de utilidad negativos en dos semestres del período bajo investigación, ello no se presentó de manera constante y las pérdidas fueron recuperadas en más del 90% durante el segundo semestre del 2004.
Esto enmienda lo afirmado por la resolución de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios de octubre del año pasado, que impuso los derechos antidumping sobre las importaciones de Cemex, argumentando que sí había un daño importante a la industria local.
DISPUTA CEMENTERA
El presidente del directorio de Comacsa, Gonzalo Roselló Truel, señaló que la decisión de revocar esa resolución es escandalosa. “Sobrevivimos ese período vendiendo nuestro producto al costo, lo cual es mérito nuestro. El daño sí existe”, dijo.
Por el contrario, Ivo Gagliuffi, abogado externo de Cemex, afirmó: “Para aplicar medidas antidumping se debe comprobar que se está vendiendo el producto a un precio menor al que se aplica en el mercado de origen, que esta práctica causa un daño importante a una rama de la industria nacional y que ese daño se debe al precio dumping. Este no es el caso”.
El abogado agregó que el beneficiado con esta decisión será el consumidor local, pues accederá a mejores precios.
Roselló, en tanto, adelantó que iniciará un proceso contencioso administrativo ante el Poder Judicial para buscar que se apliquen medidas antidumping. Gagliuffi aclaró que ese proceso sería contra Indecopi.
DATOS
Según la legislación peruana, el dumping es una conducta desleal de comercio internacional.
Se considera un precio dumping cuando un exportador vende en un país a un precio menor al que aplica en su mercado interno.
En el Perú solo se aplican derechos antidumping si hay daño a la industria local.