La recaudación del Impuesto a la Renta se incrementó en 3.2% al sumar S/2,881 millones en octubre. (Foto: USI)
La recaudación del Impuesto a la Renta se incrementó en 3.2% al sumar S/2,881 millones en octubre. (Foto: USI)
Redacción EC

A unos días de que inicie el vencimiento de los plazos para presentar la Declaración Jurada de 2018, la informó que los contribuyentes que obtengan un saldo a pagar pueden modificar el pago inmediato de la deuda. 

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Dos tipos de modalidades para pagar después de la fecha son el aplazamiento y el fraccionamiento. El aplazamiento es un beneficio que hace que el contribuyente deje de pagar por un par de meses la deuda y luego la pague mediante el fraccionamiento.

El fraccionamiento es el reparto de la deuda en varias cuotas a pagar, explicó Carlos Chirinos, gerente de Orientación y Servicios de la Sunat. En ese sentido, el monto mínimo de la deuda es del 10% de la UIT, es decir S/415 para personas naturales; y la cuota mínima mensual es de 5% de la UIT, es decir de S/210, lo que daría el pago de dos cuotas.

"Si tu deuda es S/1.000 la podrías dividir en cuatro o cinco cuotas", ejemplificó.

En esa línea, recalcó que este beneficio se asemeja al préstamo bancario ya que el pago cuenta con una tasa de interés moratorio, que actualmente es de 1,2% mensual y 0,04% diario. 

Asimismo, este mecanismo se puede solicitar al momento de declarar el Impuesto a la Renta 2018, en el Formulario Virtual 707. "Al determinarse el monto a pagar se puede escoger la opción de hacer el fraccionamiento en línea", añadió.

En el caso de empresas, los contribuyentes podrán solicitar el fraccionamiento si sus ingresos no superan los 150 UIT (S/ 630.000). Las cuotas de pago fraccionadas se pueden hacer hasta en un plazo de 72 meses.

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