Si un familiar directo sufre un accidente grave, el trabajador puede solicitar siete días de descanso remunerado.
Si un familiar directo sufre un accidente grave, el trabajador puede solicitar siete días de descanso remunerado.
Redacción EC

Las empresas e instituciones públicas deberán dar una licencia remunerada por el plazo máximo de siete días calendario a los trabajadores que tengan un familiar con enfermedad en estado grave, terminal o que haya sufrido un accidente grave, según una nueva disposición legal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

El MTPE publicó el reglamento de la Ley que concede este beneficio con el objetivo que el trabajador cumpla sus responsabilidades cuando un familiar cercano (hijos, padres, cónyugue o conviviente, menores de edad sujetos a tutela o mayores de edad sujetos a curatela) se encuentre en una situación crítica. 

Se precisa que si hay acuerdo entre el trabajador y el empleador, los siete días de licencia pagada pueden tomarse en forma discontinua, mientras que el familiar siga en estado grave.

Si es necesario que el trabajador se ausente más días, éste puede solicitar hacerlo a cuenta del descanso vacacional (hasta por 30 días), y si se requiere tomar más días aun, el trabajador puede convenir con el empleador compensar luego sus faltas con posteriores horas extra de trabajo (que serán tratadas como horas normales, sin pago de sobretasa)

CERTIFICADOS MÉDICOS
El reglamento establece que, a pedido de los familiares, los profesionales médicos de los establecimientos de salud públicos o privados deben emitir certificados médicos que señalen la gravedad del paciente.

Cada certificado tendrá una vigencia de siete días calendario desde su emisión. En el caso de las entidades públicas, se dispuso que aunque el otorgamiento de este certificado no esté en sus Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA), los profesionales médicos están autorizados y obligados al otorgamiento del certificado.

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