(Fotos: TEC/El Comercio)
(Fotos: TEC/El Comercio)
Alejandra Cruz

Tras la aprobación de la nueva normativa del servicio de realizada por parte del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (), diversas dudas empezaron a surgir. Una de ellas estaba relacionada al servicio de y su modelo de operación.

Este Diario conversó con la subgerente de Evaluación y Políticas de Competencia del Osiptel, Claudia Barriga, para tener mayores detalles sobre el tema. 

“Uno comprará su kit prepago (antena y ) y recién cuando lo active se volverá un servicio de telecomunicación. El pago que se realice por ello (el proceso de activación) será considerado como la tarifa de acceso”, dijo Barriga al ser consultada por el tema descartando así que se afecte o prohíba el formato de TV prepago que ofrece actualmente DirecTV.

Así, aunque en la normativa se mencione el cobro como tarifa, las personas que deseen el servicio prepago deberán comprar el decodificador a los canales de distribución de la operadora, ya que este es necesario para poder brindar el servicio de televisión de forma eficiente.

“El decodificador es esencial para que tengas el servicio”, admitió la funcionaria de Osiptel para luego aclarar que los clientes que ya hayan firmado un contrato de compra de decodificador con su operador, deberán honrarlo.

Según menciona, los cálculos del Osiptel muestran que el precio que se cobran por los decodificadores bordea los S/300.

También recalcó que la normativa no perjudica el modelo de este negocio, ya que no producirá gastos extras por parte de la empresa o usuarios. Sin embargo, aclaró que tampoco presentará reducciones en los cobros.

"Nuestra idea es volver más transparente los procesos. No buscamos reducir el precio sino que el usuario pueda comparar de manera más clara la oferta que hay en el mercado. Eso se fomentará con la competencia entre las empresas", resumió.

LA NORMATIVA

La subgerente de Evaluación y Políticas de Competencia del Osiptel refirió que para la elaboración del documento se tuvo en cuenta todas las anotaciones hechas por las operadoras que se encontraban en línea con el principio de transparencia.

De esta forma, a fin de asegurar que las empresas puedan efectuar los cambios necesarios para el cumplimiento de norma, se amplió el plazo para su inicio de vigencia de 30 a 60 días.

Además, se estableció un período de treinta días para que las empresas comuniquen a sus usuarios los cambios realizados en los contratos y tarifas.

Durante ese periodo, las operadoras deberán terminar definitivamente los contratos de alquiler de decodificadores que se encuentren en vigencia.

Mientras que por el lado del financiamiento, se acordó que el período máximo para realizar contratos bajo esta modalidad serán de seis meses.

Cabe resaltar que a pedido de las operadores, el Osiptel no incluyó la prohibición del alquiler o venta de decodificadores en la normativa, ya que con los cambios realizados quedaba todo los puntos establecidos claramente.

Lea más noticias de Economía en...

Contenido sugerido

Contenido GEC