(Foto: El Comercio)
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El próximo fin de semana se realizarán las elecciones en el para designar al decano y a quienes lo acompañarán en la dirección de esta entidad. No iré a votar. Mi decisión no tiene vinculación con el mérito o las cualidades personales de los candidatos en este proceso electoral. No voy a votar, pues no me gusta ser forzado a formar parte de un gremio, como condición para poder ejercer una profesión cuyas calificaciones he obtenido previamente en una universidad.

En el Medioevo, uno solo podía ser zapatero si era admitido previamente en el gremio manejado por los propios zapateros. Hoy, gracias al reconocimiento del derecho a la libertad de empresa y trabajo, se puede ser zapatero, cocinero o panadero sin necesidad de pasar por un gremio. Eso no rige para los abogados.

Solo los abogados admitidos en un colegio de abogados pueden patrocinar asuntos en el Poder Judicial, que es probablemente donde desarrollan sus actividades la gran mayoría de abogados. Esto no es así en otras jurisdicciones. En Chile, Uruguay, Colombia y México la colegiatura no es obligatoria. No parece que la eliminación de este rezago medieval les hubiera generado un descalabrado.

La colegiatura obligatoria es madre de varios males. Veamos. Para colegiarte debes pasar primero por caja. S/2.000 es lo que se debe pagar para integrarse al CAL, costo que incluye un curso de una semana de contenido “gaseoso”, la ceremonia masiva de graduación y la famosa medallita. De acuerdo con el presupuesto del 2017, S/5,7 millones es lo que esperaba recaudar el CAL por ese concepto. Y esto se lo cobran a quienes recién egresan y buscan incorporarse al mercado. Indecopi ha declarado en primera instancia que dicho cobro constituye una barrera burocrática, pues no corresponde con los costos efectivos del servicio. Lejos de corregir la práctica, el CAL apeló la medida.

Las constancias de “habilidad” generan otra distorsión. Como la ley exige la colegiatura para patrocinar asuntos en el Poder Judicial, los colegios inventaron un papelito como mecanismo para certificar el cumplimiento de tal condición por los abogados. La constancia –cuyo costo es de S/5,00 en el caso del CAL– se debe adquirir en el colegio y debe ser presentada al inicio de cualquier proceso judicial. Si no se hace, se corre el riesgo de que la demanda o el recurso sea declarado inadmisible. ¿No es más fácil verificar tal condición vía Internet? Sin duda, solo que por eso no se cobra. S/642.000 es lo que esperaba recaudar el CAL por ese concepto durante el 2017. Esto constituye un sobrecosto que afecta el acceso a la justicia de los ciudadanos.

La colegiatura obligatoria afecta no solo la libertad para ejercer una profesión, sino sobre todo afecta el acceso a la justicia de los ciudadanos. La Defensoría del Pueblo debería preocuparse de este asunto. Ojalá que la condición de ex decano del CAL del defensor no limite ni condicione su actuación en este asunto. Votaré el día en que la colegiatura no sea obligatoria. Mientras tanto, seguiré pagando –muy a mi pesar– la multa que me impondrán por no votar.

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