El mercado de las aseguradoras peruanas todavía es bastante chico.(Foto: Archivo El Comercio)
El mercado de las aseguradoras peruanas todavía es bastante chico.(Foto: Archivo El Comercio)

A pesar de que el Congreso de la República suspendió por mayoría la ley que obligaba a los trabajadores independientes a aportar a un fondo de pensiones, todavía estos empleados tienen la obligación de afiliarse al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o al Sistema Privado de Pensiones (SPP), de acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Según Óscar Graham, director general de Mercados Financieros, Laboral y Previsional Privado del MEF, los independientes aún deben presentar su constancia de afiliación a una AFP, en el caso del sistema privado, o a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), en el del sistema público, cada vez que emitan un recibo por honorarios, así no realicen aportes voluntariamente.

El aporte previsional de los trabajadores independientes es voluntario hasta el 31 de julio del 2014.

TASAS DE APORTE Graham detalló que, para facilitar el aporte voluntario de los independientes, la norma publicada establece una tasa de aporte reducida, que será de 5% si está afiliado al SNP o de 2,5% si se afilió al SPP.

Otro cambio es que a partir del 1 de agosto del 2014 entrará en vigencia un esquema de gradualidad para el aporte –fijándose un cronograma de incremento gradual de la tasa, que se extendería hasta julio de 2017– que beneficiará a los independientes sin distinción del nivel de ingresos mensuales.

DATOS Según la SBS, entre el 5 de agosto y el 1 de setiembre se afiliaron 27.671 independientes al SPP.

Entre el 2 y el 15 de setiembre se inscribieron 5.035 independientes.