Desde el 1 de enero, la Superintendencia de Bancos, Seguros y AFP (SBS) ordenó la eliminación de una serie de comisiones que se cobran a los usuarios y estableció determinadas categorías que deberán aplicar las entidades bancarias y financieras por sus productos. Sin embargo, diversas entidades locales vienen incrementando el costo de sus comisiones, tasas o creando nuevos cargos para recuperar el dinero que dejarán de percibir con las disposiciones del ente regulador.

Al respecto, el intendente del Departamento de Servicios al Usuario de la SBS, Daniel Bouroncle, dijo que si bien el sistema financiero es un mercado libre (donde hay libertad de tasas y libertad de comisiones), se exigirá a entidades uniformizar la nomenclatura de todas sus comisiones, porque así lo establece la ley.

Yo creo que todo esto hay que verlo a nivel de programa. Salió el reglamento de eliminación de comisiones, pero ha salido también una norma de categorización y denominación para que las entidades informen a la SBS las comisiones que vienen cobrando en seis productos de mayor uso: tarjetas de crédito, créditos hipotecarios, créditos de consumo, depósitos de ahorro, depósitos en cuenta corriente y depósitos a plazo fijo, puntualizó en declaraciones a Canal N.

Indicó que el nuevo dispositivo legal que establece las referidas categorías tiene su origen en la Ley 29888, que obliga a la SBS a disponer en categorías y denominaciones el cobro de comisiones en determinados productos.

En esa línea, Bouroncle precisó que en adelante la SBS establecerá estas categorías para que las entidades financieras encausen sus comisiones. Esta norma de la categorización de comisiones lo que va a lograr es una uniformidad de nomenclatura de todas las tasas, van a estar obligados por ley, apuntó.

¿QUÉ HACER ANTE EL ALZA DE COBROS? En otro momento, el funcionario recomendó que frente al incremento de tasas o comisiones que vienen realizando diferentes bancos locales, los usuarios deberán informarse en el portal web de la SBS para encontrar los cobros más bajos y, de esa forma, elegir la opción que más les conviene.

SEPA MÁS El pasado 29 de noviembre la SBS publicó una circular en la cual fijó los cobros que las entidades en el sistema financiero sí podrán aplicar a los usuarios. Estas fueron las disposiciones. Toma nota:

1º Para tarjetas de crédito**:* membresía anual; servicios asociados a la tarjeta de crédito; modificación de fecha de pago; reposición de tarjeta de crédito; emisión de constancias; duplicado de contrato u otros documentos. El envío de los estados de cuenta ya no será considerado una comisión, sino un gasto de mensajería.

2º Para créditos hipotecarios y de consumo: endoso de póliza de seguros; modificación de fecha de pago; emisión de constancias; duplicado de contratos y otros documentos.

3º. Para cuentas de ahorro y corriente: mantenimiento de cuenta; operaciones en cuenta; cargos asociados a órdenes de pago o cheques; reposición de tarjeta de débito; emisión de constancias; duplicado de contratos u otros documentos.

4º Para depósitos a plazo fijo: emisión de constancias; duplicado de contrato u otros documentos.

El ente regulador también estableció lineamientos para el cálculo del pago mínimo: dicho monto tendrá que considerar el pago de las deudas y no solo la cancelación de los intereses.

En cuanto a reglamento para las tarjetas de crédito, la SBS estableció el pago de deudas más altas que generan a los usuarios una mayor carga por concepto de intereses, hasta llegar a aquellas que generan una menor carga. También se deberá remitir mensualmente a los titulares de las tarjetas de crédito los estados de cuenta.