La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso que los trabajadores independientes que se incorporen por primera vez al Sistema Privado de Pensiones (SPP), a partir del 1 de agosto del presente año, serán afiliados a la AFP Habitat, según la Resolución N° 4476-2013, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

Como se conoce, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció en abril de este año que, a partir del próximo 1 de agosto, todos los trabajadores independientes, menores de 40 años y con ingresos mensuales desde S/.750, están obligados a aportar a un sistema de pensiones, debiendo elegir entre una AFP o la Oficina de Normalización Previsional (ONP) para la administración de su ahorro previsional.

Si el trabajador independiente elige el SPP, entonces deberá afiliarse a AFP Habitat. En diciembre pasado, en el marco de la Reforma del SPP, dicha AFP ganó la primera licitación de nuevos afiliados al ofrecer una comisión de 0,47% de la remuneración y una comisión de 1,25% sobre los nuevos aportes, y como tal recibirá a todos los nuevos afiliados que ingresen al SPP durante los próximos dos años.

Cabe indicar que los trabajadores independientes incluyen a aquellos de la denominada categoría cuarta categoría que emiten recibos por honorarios, la llamada cuarta quinta que trabajan de forma autónoma pero con horarios dispuestos por su empleador y los que, adicionalmente a sus ingresos por planilla emiten recibos por honorarios y sus ingresos totales superan los S/.750.

De acuerdo a estimaciones del MEF, esta medida alcanza a alrededor de 700 mil trabajadores independientes.