Díganos lo que piensa

Medidas extremas

Señores Directores:
El presidente García ha manifestado que los propietarios de las empresas de transportes deberían ser sancionados penalmente por poner en peligro la vida de los pasajeros, pero los expertos jurisconsultos dicen que legalmente no es posible. La medida es lógica y buena, por lo que el Congreso debería cambiar las leyes para que esto sea posible. Pero en este punto nos queda preguntar: ¿Quién determina la responsabilidad en los accidentes de tránsito? ¿El Ministerio de Transportes y Comunicaciones? ¿La Policía Nacional del Perú? ¿Los dos en conjunto? ¿Es fiable este informe? Y una vez determinada la responsabilidad, emitido el informe y realizada la denuncia penal correspondiente, cabe preguntarnos: ¿Los ómnibus de la empresa pueden continuar circulando? Estoy seguro de que alguna acción de amparo, planteada en algún juzgado del cono norte, permitirá su circulación.
Atentamente,
AMADOR MERINO-REYNA M.
DNI 07799789

4 La penalización de los empresarios de transporte no es, por supuesto, una solución única ni definitiva. Debe además ser solo planteada para los casos en que el dueño de la empresa actúe con evidente negligencia respecto de las consecuencias que sus unidades puedan causar. Si se lleva a cabo sería un paso importante para estimular una cultura de seguridad vial en los transportistas negligentes.

Tardones y faltones

Señores Directores:
El Ministerio de Educación, comprometido con la solución de los problemas en el ámbito educativo del Estado, descuida lo que ocurre en los colegios y universidades particulares. A continuación, algunas referencias que merecen su atención: en los colegios particulares, cuando un niño tiene acumuladas más de tres tardanzas, lo sancionan suspendiéndolo un día de clases, hecho que lo comunican a los padres mediante un documento. Es decir, que lo privan del derecho de recibir las clases por las que se pagan. ¿Quién le repone las horas no dictadas? En las universidades particulares, los alumnos que tienen un determinado número de faltas injustificadas no pueden presentarse a rendir exámenes. ¿Qué ocurre con los alumnos que trabajan para pagarse los estudios y que por problemas laborales faltan a clases? Actualmente, se dictan cursos y clases a distancia sin que el alumno necesariamente tenga que estar en aulas y puede rendir sus pruebas y recibir títulos.
Atentamente,
ANDRÉS A. MORALES VEGA
DNI 07965628

4 Las sanciones, tras un período de tolerancia, son importantes para mantener la disciplina y, de seguro, las van a agradecer los que sí cumplen. Sin embargo, las autoridades escolares y universitarias deben ser imaginativas para buscar otras formas de sanción que sean más efectivas que las mencionadas por el lector y que no generen inquietudes respecto del derecho a educarse y ser evaluado.