Especialistas piden a personaje público de peso al frente de entidad. También sugieren aclarar atribuciones y ver tema de las compras estatales
Por Francisco Sanz Gutiérrez
Ni del Apra ni inmersa en política. Esas son las características que el presidente Alan García ha prometido que tendrá la persona que nombrará hoy para ponerse al frente de la Oficina Nacional Anticorrupción (ONA), cuyo decreto supremo de creación se publicó ayer en "El Peruano".
"Uno de los objetivos del Gobierno, que tendrá consecuencias económicas beneficiosas para el país, es que la corrupción disminuya (...). Por eso hemos creado esta oficina, con absoluta independencia funcional respecto del Poder Ejecutivo", señaló ayer el jefe del Estado vía RPP.
García agregó que la mayor seguridad de que la entidad funcione sin injerencia alguna "es que personas ajenas al partido (del Apra) y a la política supervisen el tema de la moralidad en el país".
Sobre las espaldas de aquel a quien designe hoy jefe de este organismo pesará la responsabilidad, según el gobernante, de "espulgar desde el Poder Ejecutivo o, un poco más allá, todos los casos de corrupción y promover una cultura de ética y responsabilidad moral en nuestro país".
Con la creación de esta entidad, se dispone la desactivación del Consejo Nacional Anticorrupción, surgido durante el toledismo y que nunca llegó a cuajar. Con esta inquietud, dos especialistas nos transmitieron sus inquietudes y expectativas sobre la nueva criatura del régimen.
ATRIBUCIONES Y CONTROLES
El ex procurador Luis Vargas Valdivia considera correcta y adecuada la intención del Ejecutivo, pero instala sus dudas sobre las atribuciones otorgadas a la oficina. "Se dice que podrá solicitar información a la Unidad de Inteligencia Financiera, pero esta solo está obligada a informar a la Fiscalía de la Nación, así que ello tiene que aclararse".
Igualmente, según Vargas Valdivia, tiene que especificarse si las investigaciones de oficio que emprenderá la ONA son preliminares o administrativas.
El ex procurador añade que no solo se trata de establecer políticas de lucha, sino también el control de dichas políticas. "Todo va a depender del nivel de autonomía real del que goce dicha oficina y de la persona que la va a encabezar, de cómo va a hacer para enlazar su tarea con los gobiernos regionales y municipales y del nivel de coordinación que tendrá con el Ministerio Público y con órganos de control del Poder Judicial".
CONDICIONES URGENTES
Sin dejar de saludar el anuncio del Gobierno, el abogado David Lovatón --del Instituto de Defensa Legal-- trasluce su escepticismo, sobre todo por lo poco actuado en materia anticorrupción en el año y pico de régimen y por la suerte corrida, por ejemplo, por el Pacto Social.
Para Lovatón, tres son las condiciones necesarias para que el nuevo organismo funcione y no muera de inanición como su antecesor. "Primero, nombrar a un personaje de peso público y político suficientemente fuerte como para llevar las investigaciones hasta las últimas consecuencias; segundo, darle la infraestructura, recursos y personal necesarios; y tercero, que se dedique como punto inicial de agenda al tema de las adquisiciones estatales, uno de los ángulos más sensibles de corrupción y en el que el Gobierno ha mostrado gran incapacidad".
EN PUNTOS
1 El Decreto Supremo 085-2007-PCM crea la Oficina Nacional Anticorrupción (ONA), con carácter permanente, en la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
2 El jefe de esta oficina será designado por el presidente de la República por un período de tres años. Debe tener título profesional en Derecho o en Ciencias Sociales y no menos de 35 años de edad. Podrá asistir a las sesiones del Consejo de Ministros con voz, pero sin voto.
3 Entre las atribuciones de la ONA, destaca la obligatoriedad de elaborar el plan nacional sobre ética pública y lucha contra la corrupción y de presentar un informe anual ante el Consejo de Ministros que dé cuenta de los avances, resultados y perspectivas.
4 Otras de sus atribuciones es establecer las bases para la creación de un sistema nacional anticorrupción integrado por las instituciones del Estado que tienen competencia para ello.
5 También debe poner en conocimiento de los procuradores públicos del Ejecutivo los hechos presumiblemente delictivos de los que tome conocimiento y solicitar la información correspondiente a la Unidad de Inteligencia Financiera en los casos de detección de lavado de dinero o activos.
6 El decreto supremo ordena transferir, en un plazo no mayor de 15 días, los bienes muebles e inmuebles, recursos y acervo documentario que tuviese el Consejo Nacional Anticorrupción a la ONA.
PARA RECORDAR
Un organismo que nunca tuvo vida
4En noviembre del 2001, el entonces presidente Alejandro Toledo designó a las autoridades de alto nivel encargadas de enfrentar la corrupción, el narcotráfico y el lavado de dinero.
4Al frente del flamante Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), se colocó a Martín Belaunde Moreyra, nombrado a partir de entonces 'zar' anticorrupción.
4En febrero del 2003 Belaunde fue nombrado embajador del Perú en Argentina y el CNA quedó acéfalo.
4Sin logros que exhibir, la oposición señaló que el CNA solo servía "para proveer trabajo sin ninguna vergüenza a los militantes de Perú Posible".
4El D.S. 085-2007-PCM ordena la desactivación del CNA.