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FRENO AL TRANSPORTE SALVAJE

Penas a responsables por muertes en buses-camión llegarán a 20 años

MTC dice que ley culmina esfuerzo por resolver problema de buses-camión. Penalistas: medida no es la mejor solución a situación del transporte

Por Franklin Briceño

Intentan poner freno a los buses-camión. Esa es la intención de la norma publicada ayer en el diario oficial "El Peruano" que sancionará hasta con 20 años de prisión a los choferes, transportistas, ensambladores y comercializadores de buses-camión cuyas conductas tengan participación en accidentes de tránsito con consecuencias de muerte o lesiones graves para los pasajeros.

La Ley 29177, que entrará en vigencia a inicios de abril, considera también una pena privativa de la libertad de entre 5 y 10 años para quien, sin tener el permiso expreso de la autoridad competente, disponga el ensamblado de buses-camión sobre chasís cortado o alargado.

De otro lado, quien comercialice o utilice ese tipo de vehículos en el servicio de transporte de pasajeros como transportista o conductor tendrá una sanción de entre 4 y 8 años de prisión. Igualmente, se establecerá la inhabilitación para prestar ese servicio por el mismo tiempo de la pena principal.

Para el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), "la Ley 29177 es la culminación de un esfuerzo por resolver el tema de los denominados buses fabricados a partir de un chasís de un vehículo de transporte de mercancías modificado".

Según el MTC, en un plazo de 120 días se reglamentará la ley y se evitará que los transportistas, que todavía tienen un año para operar en zonas interprovinciales e interdepartamentales, no regresen de forma indiscriminada usando buses-camión.

Para el penalista Luis Lamas Puccio, la dación de esta norma "cumplirá un rol orientador y pedagógico porque se sabrá perfectamente que quien conduzca o fabrique un bus-camión para transporte público de pasajeros estará cometiendo un delito".

Según Lamas, el espíritu de la norma "se ha visto motivado por la cantidad de buses-camión que han ocasionado la muerte de sus pasajeros".

DERROTA A LA PREVENCIÓN
Una opinión distinta posee el catedrático en derecho penal de la Universidad Católica Carlos Caro Coria. Para el especialista, "se quiere resolver en el campo penal un problema cuya solución está en el plano administrativo". "La prevención para evitar el uso de buses-camión es un tema de control policial y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", comentó. "Al tipificarse la conducción y fabricación de buses-camión, que no se produce en otros países, se está reconociendo el fracaso del control administrativo", precisó.

Por otro lado, indicó que los delitos tipificados por la flamante Ley 29177 adolecen de un grave problema de proporcionalidad. "No es proporcional que un homicidio doloso tenga una pena de entre 6 y 20 años y que al mismo tiempo un accidente de tránsito posea una pena de entre 10 y 20 años", señaló.

Por su parte, el experto en derecho penal Iván Meini consideró que el establecimiento de los nuevos delitos no solucionará el problema que representan los buses-camión. "Aquí lo único que se ha hecho es correr el traslado del problema del MTC al Poder Judicial", comentó.

Para él, haber trasladado la solución del problema al Poder Judicial generará más demoras y una respuesta menos efectiva.

"Lo mejor hubiese sido que los comportamientos observados se mantengan como sanciones administrativas, porque el tiempo de demora de estas son menores y más rápidas de sancionar", añadió.

Consideró, además, que la norma "estará allí, pero será muy difícil que se cumpla en la práctica".

ANTECEDENTES
4
El 18 de abril del 2006 el vuelco de un bus-camión a un abismo en Huanta dejó 25 muertos y 23 heridos.
4El 14 de noviembre del 2006 un bus-camión cayó a un abismo en la vía Huancayo-Huancavelica. Hubo 17 muertos.
4El 5 de diciembre del 2006 volcó un bus-camión en el tramo carretero Macusani-Ollachea, provincia de Carabaya. Perecieron 45 personas y solo sobrevivieron dos.
4El 17 de diciembre del 2006 un bus-camión cayó a un abismo en el distrito de Chalhuas, en Carabaya. Murieron 17 personas.
4El 26 de diciembre del 2006 un bus-camión se estrelló contra un cerro en Moquegua. Siete personas murieron.
4El 8 de mayo del 2007 el accidente de un bus-camión de la empresa Andoriña Tours en la carretera Arequipa-Juliaca dejó un muerto.

DEL CONSULTOR
MARIO AMORETTI. Abogado

Tiene que fundamentarse
Pienso que con esta intención de sancionar con 20 años de cárcel a quienes ocasionen accidentes fatales conduciendo un bus-camión se quiere aplicar la teoría del riesgo en la medida en que el chofer o propietario del vehículo responderá por un accidente. Se considerará como homicidio intencional.

Es una situación que, a mi criterio, tendría que ser objeto de un estudio minucioso para llegar a establecer su fundamentación. Si bien se trata de una imprudencia de quienes acondicionaron estos vehículos, estos inicialmente lo hicieron en base a autorizaciones ministeriales. La responsabilidad también está en esos funcionarios.

En el Código Penal está vigente el artículo 11, que se refiere a aquel que incurre en homicidio culposo por acción u omisión, violando las reglas de tránsito. Por ejemplo, si tengo el oficio de mecánico y me dedico a acondicionar estos buses, puedo recibir una pena de hasta seis años de prisión.

Quienes ocasionan un accidente por negligencia se merecen una sanción severa, pero ir al otro extremo es demasiado. El hecho de que el plan Tolerancia Cero no haya dado resultados en su propósito de sancionar a los infractores es una responsabilidad administrativa. Ahora dicen fracasé y solo me queda sancionar drásticamente.

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