Edición impresa

  • Imprimir página
  • E-mail
  • Aumentar texto
  • Disminuir texto
  • Favoritos
  • Mr. Wong
  • Delicious
  • Menéame
  • Google
  • Facebook
RESULTADOS DE MEDIACIÓN EN EL CONGRESO

Ejecutivo afinará marco de atribuciones de ONA

Informe de la contraloría revela puntos de colisión con actual legislación. Poderes del Estado de acuerdo con luchar juntos contra la corrupción

Por Ítalo Sifuentes Alemán

En una breve conferencia de prensa, el jefe del Gabinete, Jorge del Castillo; el presidente del Congreso, Luis Gonzales Posada, y el contralor Genaro Matute coincidieron ayer en que estaban a favor de acabar juntos con la corrupción en el Estado, pero que antes se debía ajustar a la legalidad las atribuciones que el Ejecutivo diera a la Oficina Nacional Anticorrupción (ONA), que dirige Carolina Lizárraga.

Reunidas en la sede del Congreso por iniciativa de Gonzales Posada, estas autoridades recibieron una copia del documento que contiene el análisis legal de la contraloría respecto al decreto supremo y la resolución ministerial que entre octubre y diciembre del año pasado definieron las atribuciones de la ONA.

El Comercio tuvo acceso a este documento, en el cual la contraloría señala que varias de las atribuciones de la ONA no respetan el marco legal vigente, entre ellas que el acceso a la información de la Unidad de Inteligencia Financiera vulnera el carácter reservado de dicha información.

Igualmente, reprocha que pueda realizar investigaciones preliminares sobre actos de corrupción en otros poderes del Estado, entidades constitucionalmente autónomas y gobiernos regionales y locales ya que contradice la autonomía de poderes. "Además, los resultados de las investigaciones llevadas a cabo por la ONA no tienen mérito propio para el inicio directo de acciones judiciales o administrativas".

NO A LAS FILIALES
En el documento también se expresa que las atribuciones de la ONA para atender denuncias, calificar y realizar indagaciones preliminares duplican las funciones de la contraloría.

También se indica que la ONA vulnera la Constitución al poder solicitar todo tipo de información a las entidades públicas en su condición de unidad orgánica adscrita al Poder Ejecutivo.

Otra atribución que se le cuestiona a la ONA es que pueda poner en conocimiento de las procuradurías públicas los resultados de su investigación para que estas procedan conforme a sus atribuciones, con lo que se sale del esquema establecido en la Ley de Defensa Judicial del Estado ya que las procuradurías no pueden actuar de oficio sino que requieren la autorización previa del titular de la entidad.

También se considera irregular que la ONA pueda colocar filiales a través de convenios con los gobiernos regionales y locales, pues ello no solo violaría sus respectivas autonomías sino que "causaría confusión en las entidades y los sujetos fiscalizados", pues la contraloría ya tiene oficinas en las sedes de estos niveles de gobierno.

La contraloría también cuestiona que la ONA pueda intervenir como intermediaria en el procedimiento de presentación de las declaraciones juradas de ingresos y de bienes y renta, pues ello interfiere con su atribución de recibir, registrar, examinar y fiscalizar las declaraciones juradas.

Sobre el hecho de que la ONA proponga una agenda de trabajo en común con la contraloría, señala que "no resulta viable respecto al Plan Anual de Control y al ejercicio mismo del control gubernamental, considerando los principios de autonomía y reserva, entre otros, que lo rigen".

Igualmente, que la ONA clasifique de reservada la información que obtenga como resultado de las investigaciones "contraviene la ley de transparencia y acceso a la información".

Por último, la contraloría indica que la ONA vulnera la ley de modernización de la gestión del Estado al generar duplicidad y superposición de competencias y funciones propias de otros poderes del Estado y organismos autónomos.

Algunas atribuciones de la PCM
La Oficina Nacional Anticorrupción (ONA) fue creada como un programa de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) que --según la contraloría-- puede, como parte de sus atribuciones en temas anticorrupción, proponer normas interpretativas y aclaratorias del Código de Ética de la Función Pública, constituirse en ente técnico que absuelva las consultas en caso de duda con relación a una cuestión de ética de la función pública y ampliar el contenido del Registro Nacional de Sanciones, Destitución y Despido.

  • Imprimir página
  • E-mail
  • Aumentar texto
  • Disminuir texto
  • Favoritos
  • Mr. Wong
  • Delicious
  • Menéame
  • Google
  • Facebook