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HACIA UNA SALIDA LEGISLATIVA DE CONTRAPESO

JNE pide al Congreso solución al Caso Fonavi

Comisión de Constitución evaluará proyectos de ley al respecto. Titular del órgano electoral reitera que no está obligado a acatar fallo del TC

Por Gerardo Caballero

El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Enrique Mendoza Ramírez, puso en manos del Congreso de la República buscar una solución al entrampamiento suscitado con el Tribunal Constitucional (TC) por el pedido de este de realizar un referéndum para devolver los aportes hechos al desaparecido Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).

"Consideramos apropiado sugerir al Congreso (que) vea este asunto y dé una solución legislativa a una situación que se ha presentado entre dos instituciones", dijo Mendoza cuando culminaba su presentación ante la Comisión de Constitución del Legislativo. "Dicha solución es una decisión responsable y patriótica", añadió.

¿Y cuál será esta solución legislativa? El presidente del aludido grupo de trabajo, Javier Velásquez Quesquén (Apra), dijo a este Diario que se comenzará a preparar un dictamen en base a los proyectos de ley que han presentado Alianza Parlamentaria (AP) y Unión por el Perú (UPP).

Dichas propuestas establecen crear una comisión ad hoc que defina a quiénes se les debe devolver los aportes y los montos. El proyecto de AP incluso precisa que esta devolución "en ningún caso implicará desembolso de dinero en efectivo". Velásquez puntualizó que se trata de una salida razonable que se estudiará en el Parlamento.

NI UN PASO ATRÁS
Durante su presentación ante la Comisión de Constitución, el presidente del JNE dejó muy en claro que no acatará el fallo del TC, al cual llegó a calificar de mamarracho.

"Nadie está obligado a cumplir un imposible. Los actos nulos de pleno derecho no surten efecto", indicó Mendoza Ramírez. "No es posible disfrazar con ropaje de supuesta justicia y equidad medidas de claro interés político y personal", agregó.

El titular del máximo órgano electoral reiteró que la sentencia del TC pretende dejar sin efecto la prohibición del artículo 32 de la Constitución, que establece que un referéndum no procede en materia tributaria, así como los artículos 142 y 181, que indican que las decisiones del JNE no se pueden revisar. "El TC es la máxima autoridad para interpretar la Constitución, pero no para modificarla", indicó.

Mendoza además cuestionó que el fallo del TC llevara la firma del magistrado Ricardo Beaumont, quien juró al cargo el 10 de julio del 2007, es decir, luego de que se viera la causa el 22 de junio.

PARA RECORDAR
4El 7 de julio del 2006 el JNE declaró improcedente el referéndum pedido por los fonavistas para la devolución de sus aportes en efectivo.
4Ellos recurrieron al TC, el cual declaró fundada la demanda de acción de amparo el 3 de setiembre del 2007.
4El 7 de enero el TC emitió un segundo fallo en el cual flexibiliza su oposición e invoca al Ejecutivo y al Congreso a buscar una solución.

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