Por Óscar Castilla C.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), entidad supranacional con sede en Washington, se podría abocar a revisar la presunta inconstitucionalidad de la Ley de Organización y Funciones de la Justicia Militar Policial (29182), que fuera promulgada por el Poder Ejecutivo en enero pasado.
Según trascendió, el Instituto de Defensa Legal (IDL) y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos han solicitado formalmente a la CIDH que programe una audiencia para evaluar la ley del fuero militar policial, que aún mantiene algunos artículos declarados al margen de la Carta Magna por el Tribunal Constitucional (TC).
La cuestionada norma, nacida en la Comisión de Defensa del Congreso y promulgada por el Ejecutivo, establece que los vocales y fiscales supremos militares y policiales pueden ser oficiales en actividad. Además señala que el presidente de la República es quien debe nombrarlos en sus cargos.
Sin embargo, el TC indica que los magistrados castrenses deben ser oficiales en retiro y tienen que ser elegidos por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
"Algunos artículos de la ley del fuero militar policial, promulgada en enero, son inconstitucionales; por este motivo hemos solicitado una audiencia ante la CIDH, la cual podría realizarse a principios de marzo", aseguró David Lobatón, jurista del IDL.
El ente supranacional podrá decidir si rechaza la audiencia o la programa y cita a los demandantes y al Estado Peruano. Si bien evitó adelantar opinión, el integrante del TC Ernesto Álvarez admitió que existen dos grandes puntos conflictivos en la Ley 29182, entre otros menores, y un tanto reñidos con fallos anteriores del supremo intérprete de la Constitución.
NO HABLAN, NO OPINAN
Este Diario se comunicó ayer con Roberto Pereyra, adjunto para temas constitucionales de la Defensoría del Pueblo, a fin de conocer la opinión de esa institución. Sin embargo, no obtuvimos mayor explicación de su parte. "No voy a declarar sobre el tema porque no hay opinión (en la defensoría sobre esta ley). Actualmente, no es una prioridad, ya que estamos viendo otros casos", dijo inexplicablemente el abogado. Además reveló que no había leído la norma promulgada en enero pasado.
Tampoco señaló que la Ley 29182 fue cuestionada públicamente, sobre todo en los dos puntos antes citados, por la Defensoría del Pueblo, por el Colegio de Abogados de Lima (CAL) y por el Ministerio Público.
EN PUNTOS
4 La congresista Mercedes Cabanillas (Apra), presidenta de la Comisión de Defensa, dijo ayer que los detractores de la ley solo buscan desaparecer la justicia militar, un argumento que también es repetido por Juan Pablo Ramos Espinoza, titular del Consejo Supremo de Justicia Militar (CSJM).
4 La parlamentaria también indicó: "¿Acaso porque los jueces y fiscales militares son nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura (y no por el presidente) se van a volver santos?".