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A SEIS MESES DE LA LEY SOBRE LAS AFP

¿Es buena decisión desafiliarse?

Por Fernando Muñoz- Nájar. Administrador

¿Por qué los afiliados interesados en algún momento en desafiliarse de una AFP finalmente no lo han hecho? Primero, porque aquellos que tenían creencias erradas han recibido la información adecuada. Segundo, porque hay quienes están impedidos de desafiliarse por ley. Y, tercero, porque existe un grupo que ha postergado su decisión. Analicemos en detalle la situación de cada uno:

Primer grupo, integrado por aquellos que han desistido por haber tenido creencias erradas o por desconocimiento. En este grupo hay afiliados que creen haber perdido su fondo por haber dejado de cotizar al dejar de trabajar. En estos casos, cuando se enteran de que el fondo sigue siendo de su propiedad y que además ha seguido ganando una buena rentabilidad, desisten de la intención de desafiliarse. Hay también otros afiliados que creen que la pensión en una AFP siempre se acaba y cuando se enteran de que pueden optar por una pensión vitalicia, inmediatamente desisten de la intención de desafiliarse. Finalmente, están los afiliados que desconocen cuál será la pensión que obtendrán con el fondo de su AFP y cuando se enteran del monto de la pensión desisten de la intención de desafiliarse (por serles más conveniente).

El segundo grupo está integrado en primer lugar por aquellas personas a las cuales la ley no les permite desafiliarse. Aquí están las que reúnen los requisitos para obtener una pensión mínima en su AFP y por lo tanto no pueden, por ley, desafiliarse. El monto de la pensión que recibirán será idéntico al de la ONP, es decir, el afiliado recibirá exactamente la misma pensión en uno u otro sistema. Sin embargo, el Estado se beneficiará por tener que pagar un subsidio menor al jubilado de la AFP.

En este segundo grupo están, también, los afiliados que no reúnen veinte años de aporte entre los dos sistemas y por lo tanto no tendrían pensión en el sistema nacional. La legislación del sistema nacional de pensiones impide que en los regímenes generales una persona que no haya cumplido con realizar al menos 240 meses de aportes, tenga pensión. La ley, buscando la protección de estos trabajadores, no les permite desafiliarse porque además este requisito en las AFP no existe y el trabajador podrá tener una pensión sin interesar los años de aporte.

En el tercer grupo están aquellos que desisten porque aún no están decididos. Son los que prefieren esperar a estar cerca de la edad de jubilación para tomar una decisión. Son afiliados conocedores de que no hay plazo de vencimiento para la desafiliación y prefieren esperar estar cerca de la edad para jubilarse y comparar sus futuras pensiones en ambos sistemas con bases más reales.

Varias conclusiones entonces. En primer lugar, no siempre desafiliarse será una buena decisión para el afiliado y su futura pensión, más bien puede ser una mala opción. Segundo, la ley está hecha para proteger al trabajador afiliado y ayudarlo a que tome buenas decisiones en su provecho. Y, finalmente, la ley trata de impedir que el Estado utilice más impuestos de todos, en provecho de unos pocos y no siempre de los más pobres.

Un dato adicional: un importante porcentaje de las personas que han decidido no desafiliarse luego de interesarse en el proceso, está en alguna de las situaciones descritas.

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