Por Elizabeth Salazar
El plazo para que todas las entidades públicas del país se adecúen a la Ley de Silencio Administrativo Positivo --aquella que obliga a los funcionarios a dar solución a los trámites en no más de 30 días-- venció el pasado 3 de enero, pero recién esta semana se conoció la relación exacta de los que han hecho oídos sordos a la misma.
La Secretaria de Gestión Pública (SGP), órgano de la Presidencia del Consejo de Ministros, publicó la relación de las entidades que cumplieron con enviar la sustentación técnica y corregida de sus textos únicos de procedimiento administrativo (TUPA), para conocer cuáles son los procedimientos que debían mantenerse con silencio negativo (es decir, sin un tiempo límite de respuesta) y cuáles los que deberían ser eliminados por innecesarios.
El informe señala que solo el 64% de las 42 municipalidades distritales de Lima y Callao sustentó sus TUPA. Las omisas son Ancón, Cieneguilla, Chaclacayo, Chorrillos, El Agustino, Independencia, Los Olivos y Pachacámac; además de Punta Hermosa, Punta Negra, Santa María, San Miguel, Santa Anita, San Bartolo y Santa Rosa.
Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL) y el especialista en derecho municipal Marco Tulio Gutiérrez, la Ley 29060 del Silencio Administrativo Positivo es clara respecto de las sanciones: "Los que se mantengan como omisos no podrán exigir requisitos, pagos, y todos sus procedimientos estarán sujetos a silencio administrativo positivo, es decir, vencidos los 30 días las solicitudes se darán por aprobadas de modo automático", recordó el gremio empresarial.
Nilda Rojas, encargada de la SGP, indicó que los informes siguieron llegando después del 3 de enero, sobre todo de las municipalidades que querían subsanar observaciones, por lo que fueron acogidas e ingresadas a trámite.
CORRE EL PLAZO
La recepción se cerró el 5 de febrero pasado, pero la Ley 29060 señala que tras la publicación de los omisos, hay 15 días de plazo final para subsanar y remitir la sustentación legal de sus TUPA. Vencido ello, el 3 de marzo, los procedimientos administrativos de estos concejos "quedarán sin efecto de pleno derecho", como indica la misma ley en su artículo 9. Representantes del Concejo de Santa Anita indicaron haber presentado a tiempo la documentación, pero les fue observada. Intentamos comunicarnos con las municipalidades de Chorrillos y San Miguel, pero no fue posible.
"Corresponde a la SGP, a la Comisión de Acceso al Mercado del Indecopi y a la Contraloría de la República exigir que todos cumplan la simplificación de sus trámites, bajo sanción de multa o destitución de funcionarios. Hay que recordar que el 80% de las barreras burocráticas lo ocasionan las municipalidades", dijo el presidente de la CCL, Samuel Gleiser.
Rojas ha señalado que los concejos podrían apelar a su autonomía para desacatar la ley, pero los exhortarán a cumplir.
EL DATO
Quejas o denuncias
La Secretaría de Gestión Pública ha habilitado el correo tupasgp@pcm.gob.pe para atender dudas o quejas respecto de la ley del silencio y otras trabas burocráticas. Si desea hacer una denuncia, llame al Indecopi al 224-7777 y 224-7800.