Por Mario Mejía Huaraca
La reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declara fundada la demanda de hábeas corpus presentada por Moisés Wolfenson y que pide que este sea puesto en libertad de manera inmediata fue cuestionada por el procurador anticorrupción Pedro Gamarra, quien dijo que esta "puede tener una consecuencia social, pues su mensaje es negativo".
El miércoles 19, el TC resolvió --por cinco votos contra dos-- disponer la excarcelación del ex congresista, pues argumentó que se estaban vulnerando sus derechos fundamentales.
Según explicó Ernesto Álvarez Miranda, miembro del TC, el ex propietario del diario "El Chino", quien debía cumplir una condena de cuatro años por haber recibido millonarias sumas de Vladimiro Montesinos para apoyar al régimen fujimorista, ya lleva cinco años de libertad restringida (tres años de prisión efectiva y dos años bajo arresto domiciliario). "Por más controversial que sea este personaje, no se le podía dejar de amparar su derecho a la libertad", indicó.
El procurador Gamarra señaló que la sentencia podría crear un precedente que sería empleado por otras personas condenadas por corrupción para pedir su libertad. Aclaró que la norma dice que para excarcelar a un condenado este debe haber cumplido la sentencia y pagado el total de la reparación civil. "La ley no establece que los días de arresto domiciliario sean computados. No se puede comparar estar en prisión con estar en casa con arresto domiciliario", recalcó.
Wolfenson, quien se encuentra detenido en el establecimiento para reos primarios (antes conocido como San Jorge), saldría en libertad la próxima semana.
Debido a los días feriados, recién el lunes 24 se iniciaría el trámite de la excarcelación ante el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), informó su abogado, Humberto Abanto Verástegui, quien señaló que su cliente lleva 38 meses de prisión efectiva y 32 de arresto domiciliario.
CONGRESO RESPONSABLE
En la sentencia emitida por el TC también se exhorta al Congreso de la República para que en el menor tiempo posible expida una ley que regule cómo se debe contabilizar la detención domiciliaria en el cómputo de la pena.
Álvarez Miranda dijo que el Legislativo ha tenido bastante tiempo para fijar esa regla, pero que no lo ha hecho. "No puede haber vacíos legales que puedan perjudicar a las personas, eso se tiene que solucionarse ya", recalcó.
Se supo que la Procuraduría Anticorrupción se reuniría en los próximos días para evaluar el fallo del TC.
SEPA MÁS
4Los magistrados que votaron a favor del hábeas corpus fueron Carlos Mesías Ramírez, Ernesto Álvarez Miranda, Juan Vergara Gotelli, Fernando Calle Hayen y Gerardo Eto Cruz.
4Los magistrados que votaron en forma singular contra el hábeas corpus fueron César Landa Arroyo, presidente del Tribunal Constitucional, y Ricardo Beaumont Callirgos.
4Para el voto en contra consideraron que el arresto domiciliario no se puede equiparar con la detención efectiva en un penal.
4Eso, dijeron, no significa que dicho arresto no deba ser considerado para el cómputo de la pena, pero esa es competencia del Legislativo y no del TC.