Juez de Huánuco afirma que no ordenó la captura de Palomino Salazar. La policía insiste en que la detenida estaba señalada en atestado del 2007
Mientras el juez del Cuarto Juzgado Penal de Huánuco, Ricardo Beraun, afirmó a nuestro colaborador en esa ciudad que él no conocía de la supuesta requisitoria que pesaba sobre Deisi Palomino Salazar, voceros de la policía insistieron ayer en que el pedido de captura existe en el atestado 09-2007 elaborado tras la llamada operación Tormenta, realizada en setiembre pasado.
Asimismo, voceros de la Defensoría del Pueblo señalaron ayer que era inexacta la información dada por la policía acerca de las circunstancias en que fue capturada la ex pareja de 'Artemio'. Por ejemplo, señalaron, Palomino no era integrante de la Asociación de Familiares de Víctimas de Genocidio, sino que participaba en un taller organizado por la Defensoría del Pueblo a nombre propio. Se había presentado ante ese organismo porque se sentía acosada por desconocidos.
Los voceros de la Defensoría dijeron que si Palomino estaba requisitoriada, como se afirmó, por qué la policía no la detuvo cuando acudió al penal de Huánuco para visitar a sus hijos allí recluidos. Asimismo mostraron su extrañeza por el pedido de la policía para que le enviaran la lista de participantes del taller en el que ella participaba.
Una fuente policial dijo que la captura no se realizó anteriormente pues se esperaba que la mujer estableciera contacto con algunos de sus cómplices. "El pedido de la lista era para profundizar las investigaciones", argumentó la fuente policial.
EL PROCURADOR
De acuerdo con el procurador antiterrorista, Julio Galindo, la ex pareja del cabecilla senderista podría pasar el resto de su vida tras las rejas al estar acusada del asesinato del fiscal Arturo Campos y tres policías en Tocache, hecho acaecido en junio del 2007.
El procurador señaló que a Palomino Salazar se le imputa en este caso los delitos de terrorismo agravado, homicidio calificado, asociación ilícita para delinquir, entre otros delitos en los cuales participó con más de 20 personas.
Según dio cuenta RPP, Galindo indicó que todos ellos serán procesados con instrucción abierta en un juzgado supraprovincial de Lima, en donde se les tomarán sus declaraciones sobre estos hechos.
Justamente, este juzgado supranacional de Lima fue al que aludió el juez huanuqueño, Ricardo Beraun, cuando refirió que el caso de Palomino no estaba en sus manos, pues todos los expedientes que tenía sobre temas de terrorismo fueron remitidos al Poder Judicial en Lima.
DEL CONSULTOR
MARIO AMORETTI. Abogado penalista
La Constitución es clara
Según el inciso 24 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales, salvo en casos previstos por la ley.
Por ejemplo, nadie puede ser detenido a menos que exista un mandato judicial; es decir, la orden de detención motivada por un juez; o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito.
Estos criterios habría que verificarlos con detalle en el caso que se comenta, más aun cuando se ha informado que la persona involucrada no estaría requisitoriada ni fue sorprendida en flagrante delito por los efectivos policiales.
De lo contrario, lo que podría suceder ahora es que la persona detenida interponga una acción de hábeas corpus demandando que no estaba inmersa en ninguna de las dos situaciones antes descritas.
Solo un juez puede solicitar la captura de una persona dentro de un proceso judicial en marcha.
En todo caso, la Policía Nacional puede dirigirse al fiscal para solicitar la ampliación del período de detención. En otros casos, la detención no procede.