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UNA INSTITUCIÓN POCO CONOCIDA

¿Qué es el Consejo Nacional de Derechos Humanos?

El Consejo Nacional de Derechos Humanos (CNDH) del Ministerio de Justicia es una institución que tiene como función recomendar al jefe del Estado las políticas, acciones y medidas sobre indultos, derecho de gracia y conmutación de penas. Además, coordina y supervisa el cumplimiento de las resoluciones y fallos emitidos por órganos internacionales de carácter jurisdiccional en materia de DD.HH.

También hace seguimiento de las denuncias en este ámbito que se presenten en el fuero extranjero contra el Estado Peruano. En los últimos años esta institución ha perdido diferentes litigios por las graves violaciones de derechos humanos cometidas en el Perú durante el régimen de Alberto Fujimori.

Estos son algunos de los casos en los que el CNDH perdió frente a algunas ONG: Barrios Altos y La Cantuta (muerte de 15 personas y el asesinato de nueve estudiantes y un profesor a manos del grupo Colina), Durand y Ugarte (referido a la matanza en el penal El Frontón), Gómez Paquiyauri (sobre la masacre en el penal Castro Castro), Castillo Páez (sobre el estudiante asesinado a principios de los años 90), Lori Berenson (el caso de la estadounidense que integró el MRTA), Baruch Ivcher (sobre la demanda del empresario de televisión) y del líder sindical Pedro Huilca.

Actualmente se espera que la Corte Interamericana de Derechos Humanos resuelva el recurso de reconsideración interpuesto por el Estado Peruano en el caso de la matanza del penal Castro Castro en 1992. Los últimos dos ex secretarios del Consejo Nacional de Derechos Humanos fueron: Luis Salgado y José Burneo. Ahora se encuentra como encargado provisional en el cargo el funcionario aprista Miguel Facundo Chinguel.

QUÉ DICE LA LEY
El artìculo modificado
Antes de la modificación (DS 015-2001-JUS): Artículo 9.- El CNDH mantiene relaciones permanentes de cooperación con la Conferencia Episcopal Peruana, el Concilio Nacional Evangélico del Perú y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. Para tal efecto, estas instituciones acreditan un funcionario de enlace con el CNDH y pueden participar en las sesiones como observadores, si así lo solicitan. El CNDH podrá suscribir acuerdos de cooperación especiales y específicos con otras organizaciones afines a sus objetivos y funciones.

Después de la modificación (DS 008-2008-JUS): Artículo 9.- El CNDH mantiene relaciones de cooperación con la Conferencia Episcopal Peruana, el Concilio Nacional Evangélico del Perú y otras instituciones afines a sus objetivos y funciones. El CNDH podrá suscribir acuerdos de cooperación especiales y específicos con dichas instituciones.

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