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POSICIÓN DEL INDECOPI

No todo aguardiente de uva puede ser llamado pisco

Entidad confirma que iniciativas del Congreso sobre denominación no pueden ser viables

La Oficina de Signos Distintivos del Indecopi, la autoridad competente para otorgar las denominaciones de origen (DO) en el Perú, analizó al detalle los dos proyectos de ley que proponen ampliar, por la vía legislativa, la DO Pisco a otras regiones del Perú.

En ese sentido, Miguel Sánchez, jefe de la Oficina de Signos Distintivos, señala que para el reconocimiento de una DO se debe demostrar que un determinado producto es originario de una zona claramente delimitada y que sus condiciones o características particulares se deben exclusivamente a esta y a los elementos humanos y climáticos inherentes a su proceso de elaboración. Con ello, en el caso específico del pisco, "no todo aguardiente de uva puede ser llamado pisco, (sino que) deberá cumplir con los requisitos establecidos en la Norma Técnica Obligatoria y estar dentro de la zona geográfica reconocida en la resolución del reconocimiento de la DO, (...) es decir, aquella que se encuentra bajo la influencia del puerto de Pisco".

Para el Indecopi, "es innegable que las zonas propuestas para la ampliación (La Libertad y Áncash, en el caso de la propuesta de Luis Alva Castro; o todo el Perú, en el caso de la propuesta de Mario Alegría) difieren de aquellas zonas de la costa sur especificadas en la resolución de reconocimiento de la DO, por lo que el insumo del pisco (las uvas) no tendría las mismas condiciones que las que se producen en las zonas antes referidas".

Asimismo, el funcionario señaló que el hecho de que el cultivo de uvas sea importante en otras regiones del país "es una valoración de un hecho que, aunque real, no tiene vinculación alguna con las características de la DO Pisco y no puede ser un argumento válido para sustentar un pedido de ampliación de zonas productoras de pisco, toda vez que es importante no perder la perspectiva de la tradición legada al producto mismo y a sus técnicas de elaboración".

ALGUNAS SALIDAS
Para el Indecopi, en las zonas propuestas para ampliación, "podría reconocerse una nueva indicación geográfica que designe el aguardiente de uva que se elabora bajo los procedimientos y técnicas tradicionales de esa región del país, pero de ningún modo (llamarse) pisco".

En ese sentido, Sánchez afirmó que el uso de la DO no representa un trato discriminatorio frente a las demás regiones no incluidas oficialmente como zonas de producción, sino que es parte de un derecho de propiedad industrial.

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