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BUSCA PREVENIR CONFLICTOS

MEM aprueba reglamento de consulta ciudadana en minería

Las decisiones de los pobladores sobre las operaciones mineras no serán vinculantes

Las mineras deberán establecer en adelante un protocolo de relaciones con las comunidades y poblaciones que se encuentren en sus alrededores. Este deberá contener los lineamientos, principios y políticas de comportamiento que se observarán durante el ejercicio de esa actividad y su relación con los diferentes actores sociales que se hallan en el área de influencia.

Así lo dispone el reglamento de participación ciudadana en el subsector minero, aprobado por el Ministerio de Energía y Minas (028-2008-EM), con el cual el Gobierno pretende prevenir conflictos socioambientales.

Según la norma, las empresas mineras están obligadas a poner a disposición de la población involucrada información respecto de las actividades proyectadas o en ejecución.

En ese sentido, el reglamento indica que las mineras deben canalizar las opiniones, posiciones, puntos de vista, observaciones u aportes sobre las actividades mineras. El reglamento señala que la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del MEM se encargará de dirigir y llevar a cabo los procesos de consulta ciudadana con respecto a las operaciones mineras.

Sin embargo, aunque la norma establece nuevas obligaciones para las mineras en informar de sus operaciones a los pobladores y de los procesos de consulta, las decisiones tomadas por la población organizada en relación con las operaciones mineras de exploración y explotación, estas no serán vinculantes, es decir, no obstaculizarán las actividades ni las paralizarán.

MÁS DATOS
4Las mineras deberán implementar en forma conjunta con los pobladores una oficina de vigilancia y de control ambiental, que canalizará los reclamos ambientales.
4Es considerada una transgresión a la norma la toma de cualquier operación minera por parte de los pobladores y autoridades comunales.

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