Por Jorge Saldaña Ramírez
El control político del Congreso sobre tres de los decretos legislativos dictados por el Poder Ejecutivo para la lucha contra el crimen organizado dio sus resultados. La Comisión de Constitución del Parlamento aprobó ayer multipartidariamente, aunque con el voto en contra del aprismo, proponer al pleno la derogatoria de los decretos legislativos 982, 983 y 989 porque se advirtió --según la comisión-- que los alcances de estas normas colisionaban con la Constitución.
Lo que sustentaron los parlamentarios Fredy Otárola (PNP), Víctor Mayorga (PNP), Santiago Fujimori (GPF), Martha Moyano (GPF), Édgard Reymundo (UPP) y Víctor Andrés García Belaunde (AP) fue que resultaba inconstitucional que el Decreto Legislativo 982 garantizara la inimputabilidad del personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que, en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas en forma reglamentaria, cause lesiones o muerte.
Otro aspecto de este decreto que colisiona con la Ley de Leyes es que tipifica como delito de extorsión que las autoridades estatales participen en actos de violencia o de protesta callejera, cuando estos mismos hechos ya están tipificados en las diferentes modalidades del delito contra la tranquilidad pública.
Los que votaron en contra de la derogatoria de esta norma fueron los legisladores apristas Javier Velásquez Quesquén, Javier Valle Riestra y Aurelio Pastor. Quienes se abstuvieron fueron sus colegas Aldo Estrada (UPP) y Carlos Torres Caro (GPED).
Los decretos legislativos 983 y 989 también se encuentran en tránsito hacia su derogatoria. En el primer caso, el legislador humalista Víctor Mayorga explicó que chocaba con la normatividad vigente porque permitía que la detención judicial de una persona fuera de hasta de 72 meses, es decir, seis años, lo cual contraviene sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Como se recuerda, este decreto también motivó el rechazo de la Defensoría del Pueblo, puesto que el tope máximo para detener a una persona sin sentencia es de 36 meses.
Otro alcance controvertido del Decreto Legislativo 983 es que distorsiona el concepto de flagrancia porque no se sujeta a lo que dice la Constitución, la cual señala que solo se puede detener a una persona con orden motivada y vigente del juez o cuando se encuentre en situación de flagrancia.
En el caso del Decreto Legislativo 989 los reparos van por el lado de las nuevas atribuciones concedidas a la policía durante la etapa de investigación preliminar, sin tomar en cuenta que el nuevo Código Procesal Penal --en vigencia desde el 2004-- se caracteriza por el sometimiento funcional de la Policía Nacional al Ministerio Público.
Otro hecho que preocupó a los legisladores respecto de este decreto es la incomunicación del investigado. La norma no precisa las causales o razones y señala que la detención puede extenderse hasta por siete días cuando el plazo legal es de 24 horas. Por acuerdo multipartidario, estos informes serán vistos ahora por el pleno del Congreso.
AL GRANO
"Ha primado el criterio político y no el rigor técnico"*
¿Qué trámite siguen estos informes que plantean la derogatoria de los decretos legislativos 982,983 y 989?
Serán vistos en el plenario congresal y al igual que sucedió con la Ley de Pérdida de Dominio pueden ser reemplazados por un texto sustitutorio para no ir a una derogatoria fría, tal como está planteada.
¿Se verán estos informes entre hoy o mañana?
No se puede ver mañana (hoy). Va a haber tres días de debate constitucional (10, 11 y 12 de este mes) y se puede convocar una sesión extra para el viernes 13 a fin de tratar estos temas. No hay que crear zozobra. La derogatoria la ve el pleno y mientras eso no suceda, estos decretos siguen vigentes.
¿Qué pasaría si se deroga el decreto legislativo 982?
Sería gravísimo. Mañana cuando ocurran actos de protesta y de violencia, nuestra policía solamente podría dar la cara. Lamentablemente, aquí ha primado el criterio político antes que el rigor técnico.
* Javier Velásquez. Comisión de Constitución