La Comisión de Constitución del Congreso se ha enredado en un caluroso debate para evaluar la pertinencia de varios decretos legislativos promulgados por el Poder Ejecutivo al amparo de la delegación de facultades. Los puntos más polémicos se refieren a la posibilidad o no de que los efectivos de la Policía Nacional porten armas y a la responsabilidad penal que ello pueda implicar, en la que se han evidenciado posiciones extremas.
Nuestra posición es la que manda el sentido común y la lógica: si por un lado la inimputabilidad generalizada es inconveniente e ilegal, del otro lado es riesgoso que se prohíba a la Policía Nacional portar armas.
Y no solo por razones principistas y constitucionales, sino también prácticas, Efectivamente, en el Estado de derecho los ciudadanos delegan en la autoridad el uso de la fuerza, siempre dentro del marco legal y precisamente para garantizar el orden y la convivencia pacífica de la sociedad. Y es la Policía Nacional el instrumento principal para cumplir este cometido.
Luego, en los últimos años hemos sido testigos de manifestaciones y protestas de todo tipo, algunas de las cuales degeneraron en enfrentamientos violentos. Y si en algunos casos la estrategia del comando policial fue razonadamente pacífica, como en el caso del desalojo de Santa Anita, ha habido circunstancias en que fue necesaria una respuesta más enérgica, pues los manifestantes hacían uso de piedras, palos o armas de fuego.
Tornando al otro aspecto del debate, esto no significa que los efectivos policiales puedan actuar con total largueza e impunidad. La inimputabilidad absoluta es totalmente recusable y contraria a derecho. En tal contexto, si un efectivo comete excesos o actúa de modo irresponsable o negligente, fuera de los límites de la ley, pues debe someterse a las sanciones correspondientes, que deben ser más severas por tratarse de una autoridad.
A propósito, ahora que las iniciativas aludidas serán vistas en el pleno, es necesario recordar también que ya el Código Penal y otras normas vigentes abordan estos temas, recalcando siempre la ineludible responsabilidad policial y la proporcionalidad de los penas con relación a las faltas cometidas en ejercicio de su función.