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SIGUE EL DEBATE SOBRE LAS REVISIONES TÉCNICAS

Opinan que el municipio viola la ley al eludir fallo

El Concejo de Lima se sometió a la autoridad del tribunal arbitral, recuerdan especialistas

La Municipalidad de Lima ha contravenido el ordenamiento jurídico vigente al negarse a acatar el fallo arbitral que le ordena restablecer las revisiones técnicas vehiculares, afirmaron especialistas en derecho civil y en arbitraje consultados por El Comercio.

"La Municipalidad de Lima está incumpliendo flagrantemente un fallo arbitral, y eso es un mal ejemplo para la ciudadanía", sostuvo el abogado Jorge Avendaño, quien se ha desempeñado como árbitro en Lima y en París.

Según explicó, el Concejo de Lima no puede argumentar que el tribunal arbitral carece de competencia para obligarlo a emitir una norma, como la que se requiere en este caso para restituir el requisito de las revisiones técnicas. La razón es que el mismo municipio se sometió a la autoridad del tribunal, cuando firmó, junto con la empresa Lidercon, el convenio que dio origen al arbitraje.

En la víspera, el abogado de la municipalidad, Jorge Sánchez, y el regidor metropolitano Ángel Delgado señalaron que el municipio no iba a acatar el fallo favorable a Lidercon, debido a que el tribunal se había excedido en sus atribuciones. Según ellos, el proceso debía restringirse a cuestiones como el pago de indemnizaciones. Sin embargo, en su fallo, los árbitros intervinieron en decisiones de gobierno, contra lo que establece la ley, enfatizaron.

De acuerdo con Avendaño, en caso de alguna discrepancia, es el propio tribunal arbitral el que debe precisar los límites de su competencia. Lo mismo explicó la abogada Milagros Maraví, otra especialista.

Ella menciona que, con frecuencia, las entidades públicas pretenden escudarse en el principio de que los actos propios de la función pública no pueden ser materia de arbitraje. No obstante, cree que, en el caso de las revisiones técnicas, la decisión del tribunal se enmarca en el contrato de concesión que suscribió el municipio con la empresa.

Un punto de vista distinto tiene Paul Concha, magíster en Derecho Constitucional y especialista en transporte. Para él, el tribunal violó la prohibición de pronunciarse sobre cuestiones que involucren competencias funcionales del Estado, establecida en la Ley de Arbitraje. Lo habría hecho al ordenar la reanudación de las revisiones.

PRECISIONES
4Los abogados Avendaño y Maraví coinciden en que las medidas cautelares, como la que mandó reabrir las plantas de Lidercon, no pueden ser revisadas en el Poder Judicial. El Concejo de Lima tendría que esperar a que el proceso concluya y se emita un laudo arbitral para pedir su anulación en una corte civil.
4El tribunal arbitral está compuesto por tres miembros. Cada parte del proceso designó un árbitro. Y ambos eligieron juntos a un tercero como presidente del tribunal.

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