El Fondo de Compensación Municipal o Foncomún representa en este momento hasta el 50% del presupuesto institucional de 423 municipalidades del país, mientras que en otras 1.137 representa un tercio de su capacidad de gasto, según un reciente estudio de la organización no gubernamental Ciudadanos al Día.
Sin embargo, poco o casi nada se sabe sobre el destino que los concejos municipales están dando a estos recursos, advirtió el presidente de dicha organización, Juan Carlos Cortés.
"Aunque los datos disponibles por departamentos revelan una distribución adecuada del Foncomún --acotó--, no hay información de los distritos que nos permita determinar en qué lo están gastando los municipios. Para ello se requiere que el Ministerio de Economía y Finanzas active ese tipo de información en el Sistema Integrado de Administración Financiera de los gobiernos locales".
Luego propuso que además de los indicadores de pobreza, habitantes, ruralidad y necesidades básicas insatisfechas que se utilizan para determinar el Foncomún, se incorpore también el criterio de transparencia y eficiencia en el gasto y la gestión municipal. "Ahora, cuanto mejor soy como municipio, recibo menos; esto debe cambiar para que el más eficiente reciba más por Foncomún", acotó.
El Fondo de Compensación Municipal, que en los últimos años ha crecido en un 143% (este año asciende a más de 3 millones de soles), tiene como principal financiamiento al Impuesto de Promoción Municipal, que a su vez representa el 2% del IGV que pagan los ciudadanos en todas nuestras compras y ventas. Lima concentra la mayor asignación por Foncomún (vea el cuadro). Aunque no fue posible conocer el destino del Foncomún en Lima Metropolitana, en San Juan de Lurigancho --donde dicho fondo constituye el 50% del presupuesto institucional-- se destinará en un 70% a proyectos de inversión (arreglo de pistas y veredas) y 30% a gastos corrientes.
El Concejo de San Martín de Porres destinará el 50% del Foncomún a gastos de inversión y la otra mitad al pago de remuneraciones y pensiones.
DEL CONSULTOR
Hay un ejercicio edilicio abusivo*
La Ley de Tributación Municipal establecía que los índices de distribución del Fondo de Compensación Municipal deberían ser determinados anualmente por el Ministerio de Economía y Finanzas; y que los municipios no podían emplear este recurso en gastos corrientes, pero sí en gastos de inversión.
Desde el 2002, esas transferencias pueden ser utilizadas por el gobierno local en función de sus necesidades, situación que ha devenido en un ejercicio abusivo de la autonomía económica edilicia, llegando a extremos de destinar el 99% en gastos corrientes y el 1% en inversiones.
Los gobiernos locales se niegan a proporcionar información para explicar en qué gastan las transferencias que reciben del Gobierno Central. Frente a este exceso es necesario establecer límites que pueden ser de un 50% para cada caso, toda vez que no estamos hablando de recursos generados por los gobiernos locales, sino de impuestos recaudados por el Gobierno Central y que son transferidos a estos.
(*) Julio César Castiglioni. Abogado municipalista