Miércoles, 5 de abril de 2006
Ley de Justicia Militar es inconstitucional

En un informe señala que se le atribuye competencias para resolver procesos de la justicia ordinaria



A través de un informe titulado "Inconstitucionalidad de la legislación penal militar policial", dado a conocer ayer, la Defensoría del Pueblo advierte que tanto la ley que crea los tribunales penales militares y policiales como el Código de Justicia Militar Policial tienen vicios de inconstitucionalidad.

Tras analizar en detalle ambas normas promulgadas en enero de este año , la Defensoría concluye que hay evidencias de inconstitucionalidad vinculadas a la indebida atribución de competencias que se otorga a la justicia militar policial para resolver procesos que competen a la justicia ordinaria.

Además, el documento cuestiona que se designe de manera transitoria a jueces militares policiales desde un órgano distinto al previsto por la Constitución. También critica que oficiales en actividad integren los juzgados y tribunales militares y policiales.

En cuanto al Código de Justicia Militar, advierte que no se respeta el concepto constitucional del delito de función y que tipifica como tales a conductas que constituyen delitos comunes.






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