También pidió al Congreso que reformule norma en próximos 6 meses
El Tribunal Constitucional (TC), supremo intérprete de la Carta Magna, declaró ayer la inconstitucionalidad de gran parte de la cuestionada Ley 28665, que creaba fiscalías y tribunales militares y policiales al interior del Ministerio Público y del Poder Judicial.
En una voluminosa sentencia de más de 70 páginas, resolvió que dicha norma viola los principios de unidad e independencia de los jueces en el caso del Poder Judicial, la autonomía del Ministerio Público y las atribuciones constitucionales del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Los magistrados del TC, presidido por Víctor García Toma, declararon la inconstitucionalidad de 27 de los 33 artículos y disposiciones que el Ministerio Público solicitó que sean eliminados de la discutida ley, y que fuera criticada por la Defensoría del Pueblo y por el Colegio de Abogados de Lima.
En la extensa sentencia se elimina el artículo que establece un reglamento, paralelo al existente para los magistrados, al que solo estarán sujetos los jueces y fiscales militares. En otras palabras, estos últimos no iban a responder orgánicamente al mandato del Poder Judicial, pues así lo señalaba la Ley 28665, que pretendía crear una sala penal militar y policial al interior de la Corte Suprema.
El TC también dispuso que el CNM nombre a los vocales de la justicia militar, pero que ellos no sean elegidos mediante un concurso público en el que solo participen los candidatos que integren una entidad llamada Cuerpo Judicial Penal Militar y Policial.
"Esto limita desproporcionada e irrazonablemente el ejercicio de derechos fundamentales (como el de igualdad en el acceso a los cargos públicos o la libertad de trabajo) de quienes, teniendo una formación jurídico militar idónea, no son miembros del denominado Cuerpo Judicial Penal Militar", dice la sentencia.
Además declaró inconstitucionales los artículos y dispositivos que establecen que los jueces militares también pueden desempeñarse como "oficiales en actividad", ya que no existiría independencia ni imparcialidad respecto del instituto armado del que proceden.
El TC dejó en claro que la única materia que puede conocer la jurisdicción militar es la de procesos penales en los que se verifique comisión de delitos de la función militar.
También se declaró inconstitucional la inclusión de un fiscal militar en la Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Público.
Por estos motivos, el TC dispuso que el Congreso de la República reforme la Ley 28665 en un plazo de seis meses, el mismo que empezará a contar desde que la sentencia emitida sea publicada en el diario oficial "El Peruano".
El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Víctor García Toma, así como uno de sus integrantes, Juan Bardelli, dijeron ayer que no se puede declarar inconstitucional toda la Ley 28665 porque el Ministerio Público, la parte demandante, solo criticó algunos artículos de la norma y no todos.
También afirmaron que no toda la ley cuestionada es inconstitucionalidad, ya que algunos de sus artículos no vulneran los principios constitucionales establecidos en la Carta Magna. La ley citada tampoco puede ser anulada totalmente porque la justicia militar se quedaría sin una norma de organización.
REACCIONES
LUIS IBERICO NUÑEZ
CONGRESISTA
"El TC ha excedido sus funciones tomando decisiones políticas que le corresponden al Parlamento. Pone en riesgo la seguridad nacional porque en la práctica desaparece la justicia militar y policial al impedir que oficiales en actividad ejerzan funciones de fiscales y jueces, como ocurre en todo el mundo. La ley que dimos fue revolucionaria porque establece que el juez o fiscal militar también sea abogado; es decir, se le da una carrera judicial independiente de su institución castrense".
LUIS GONZÁLES POSADA
CONGRESISTA
"Toda observación del TC debe ser analizada por el Parlamento, específicamente por las comisiones de Constitución, Defensa y Justicia. De lo contrario, estaríamos mermando la facultad del TC de ejercer el control directo difuso de nuestra Carta Magna. En función a los informes de estas comisiones, se tendrá que reajustar el texto de la norma para que calce dentro de las normas constitucionales y no las vulnere. Pensamos que debe haber un tribunal de justicia militar, pero las observaciones deben atenderse".
Óscar Castilla C.