Un beneficio para deudos de víctimas de accidentes de tránsito
El monto no reclamado supera los S/.6 millones según aseguradoras. Luego de dos años, dinero se destina a Fondo de Compensación
Por Iván Herrera Orsi
Ningún monto compensa la pérdida de un ser querido, pero en este país un pago no se rechaza, ni muerto. A menos, claro, que uno no se entere de que tiene derecho a recibirlo. Esta podría ser la explicación de la noticia que ha dado la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg): a la fecha, hay más de dos millones de dólares (S/.6'403.200 para ser exactos) que no han sido cobrados por los deudos de víctimas de accidentes de tránsito.
La cifra corresponde a las indemnizaciones por muerte que las compañías de seguros tienen que pagar en el marco del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). En total son 464 las familias que no han cobrado este beneficio y, a menos que se apuren, podrían perderlo definitivamente: la ley establece un plazo de dos años para que lo reclamen; de lo contrario, el dinero pasa a engrosar el Fondo de Compensación que atiende a las víctimas de accidentes cuando el culpable se da a la fuga. De las 464 indemnizaciones sin cobrar, 84 pasarían al fondo en los próximos seis meses, si los deudos no se acercan a reclamarlas; y 141 lo harían un semestre después. Asimismo, 76 pasarían al fondo entre setiembre del 2008 y febrero del 2009, y otros 163, entre marzo y agosto de 2009.
Según voceros de Apeseg, a comienzos de este año el monto pendiente de pago era bastante mayor. Aproximadamente había más de 700 familias que no habían solicitado sus indemnizaciones.
DIFUSIÓN
Gabriel Bustamante, especialista en seguros, indica que en años anteriores el saldo pendiente de cobro llegó a bordear los once millones de soles. Él subraya que las indemnizaciones impagas fueron disminuyendo luego de que se aprobaron normas que obligan a las aseguradoras a difundir la relación de fallecidos cuyos deudos deben acercarse a cobrar beneficios. "Había una gran cantidad de personas que no sabían que podían cobrar una indemnización o incluso que sus familiares habían fallecido", explica.
En mayo del 2005 el gobierno de Alejandro Toledo promulgó una ley que ordena a las aseguradoras publicar esta relación en sus páginas web; y en agosto del 2006, la Superintendencia de Banca y Seguros emitió una directiva para que la publicación también se haga en diarios de circulación nacional en enero y julio de cada año.
Pero aun así la difusión no es suficiente. Bustamante cree que la publicación en medios de prensa debería hacerse con mayor frecuencia y que, además, los municipios debieran colocar las listas en lugares visibles de sus locales.
El trámite solo demora 10 días
Las compañías aseguradoras tienen un plazo de 10 días para hacer efectivo el pago de la indemnización por muerte luego de que los familiares presenten los documentos requeridos.
Según aclaró la Apeseg, los deudos deben dirigirse a la compañía aseguradora que haya emitido el SOAT llevando una copia de la denuncia policial en la que conste la ocurrencia del accidente, además del certificado de defunción de la víctima.
También necesitan acreditar su relación con la víctima para poder cobrar el seguro. Para ello tienen que presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) y, cuando corresponda, la partida de matrimonio o de nacimiento que demuestre su condición de beneficiario.
La relación de fallecidos cuyos familiares no han reclamado la indemnización aparece en las páginas web de las diferentes compañías de seguros, en la de la Apeseg (www.apeseg.org.pe), en la del SOAT (www.soat.com.pe) y en la de la Defensoría del Pueblo. También puede ser consultada en las oficinas de la Defensoría.
SEPA MÁS
-Según la SBS, el año pasado todas las aseguradoras cumplieron con publicar las listas de indemnizaciones no cobradas en los diarios.
-Pueden ser beneficiarios del fallecido, en orden excluyente, el cónyuge, los hijos menores de edad, los hijos mayores que sufran incapacidad, los hijos mayores en general y los padres.
CIFRAS
150
millones de dólares ha pagado el Seguro de Accidentes de Tránsito (SOAT) en sus cinco años de existencia.
42
millones de dólares corresponden a lo pagado por concepto de indemnizaciones por muerte. Ello equivale al 28% del total.
13.800
soles (4 unidades impositivas tributarias) es el monto de cada indemnización por muerte, según las normas vigentes.
1,5
millones de soles del Fondo de Compensación del SOAT provienen de indemnizaciones no cobradas (dato al 31 de mayo).