Desde mañana viernes entrará en vigencia la Ley del Silencio Positivo Administrativo en todas las entidades del sector público del país, informó la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
A partir de ese momento, los procedimientos administrativos sujetos a la presente norma se considerarán automáticamente aprobados si la entidad no emite el pronunciamiento correspondiente en el máximo plazo establecido.
Se indicó que las entidades del sector público han cumplido con formular mejoras en los procedimientos contenidos en sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) en los últimos 180 días ante dicha secretaría.
De acuerdo con la información disponible en la página web de la Secretaría de Gestión Pública de la PCM, en los diferentes ministerios y Organismos Públicos Descentralizados (OPD) se han formulado 2.549 mejoras, de las cuales 1.918 corresponden a los ministerios y 631 procedimientos a las OPD.
Esto produjo una reducción significativa de procedimientos para presentar trámites.
A la fecha los gobiernos regionales, locales y otras entidades públicas vienen cumpliendo con presentar la sustentación legal y técnica de sus procedimientos, ya que ellos tienen plazo para exponer sus trámites hasta el viernes 4 de enero.
SILENCIO NEGATIVO
Excepcionalmente, el silencio administrativo negativo será aplicable en aquellos casos en los que se afecte significativamente el interés público, por incidir en la salud, el medio ambiente y los recursos naturales.
Además para los casos de seguridad ciudadana, sistema financiero y de seguros, mercado de valores, defensa nacional y comercial, así como para el caso de patrimonio cultural de la nación.
Del mismo modo para procedimientos trilaterales y en los que genere obligación de dar o hacer del Estado; autorizaciones para operar casinos y máquinas tragamonedas; así como para aquellos procedimientos por los cuales se transfieran facultades de la administración pública y para los procedimientos de inscripción registral.