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¡A REDUCIR EL PAPELEO!

Solo el 40% de concejos acogió Ley del Silencio Administrativo

No se incluyen trámites que dañen el interés público, salud o medio ambiente. Pedidos de registro, revalidación y otros se darán por aprobados al cabo de 30 días

Por Elizabeth Salazar Vega

Tras más de seis meses de su publicación, la Ley del Silencio Administrativo Positivo entró en vigencia ayer con el fin de agilizar la atención de los trámites que debe realizar el ciudadano en cualquier entidad del Estado. Dicha norma dispone que si transcurrido un máximo de 30 días de presentada la solicitud esta aún no obtiene respuesta, se dará por aprobada automáticamente. Para hacerlo efectivo, la persona o empresa que realice el trámite deberá llenar el Formato de Declaración Jurada del Silencio Positivo --que se puede encontrar en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM)-- y presentarlo ante la misma entidad.

"Esa declaración jurada es la prueba de que el trámite siguió su curso regular y de que se presentaron los requisitos exigidos por ley, pero que no se aprobó a tiempo. Sirve como prueba y como documento para realizar otros trámites", aclaró Alfieri Lucchetti, de la Comisión de Acceso al Mercado del Indecopi.

¿QUÉ TRÁMITES SON POSITIVOS?
Cada entidad dispone en sus nuevos TUPA cuáles son los procedimientos que se acogerán a la nueva ley, pero Rojas indica que en líneas generales se trata de los permisos, revalidaciones, regularizaciones y trámites en los que el usuario ya tenía un derecho preexistente. Asimismo, los recursos de apelación y procedimientos en los cuales la trascendencia de la decisión final no pueda repercutir en terceros.

"En el caso de municipios, se ha pasado a silencio positivo las licencias de funcionamiento, copias de autovalúo o registros, informes de zonificación, etc. Los permisos de construcción no han sido incluidos salvo excepciones como en los casos de remodelación o ampliación, pues el plazo ya estaba señalado en la Ley de Edificaciones", agregó.

No obstante, la ley señala que se mantendrá el silencio negativo en los casos en que se afecte significativamente el interés público, incidiendo en la salud, el medio ambiente, los recursos naturales, la seguridad ciudadana, el sistema financiero y de seguros, el mercado de valores, la defensa comercial, la defensa nacional y el patrimonio cultural.

Los ministerios, organismos públicos descentralizados (OPD), gobiernos regionales y municipalidades tuvieron seis meses para enviar a la PCM un análisis de Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) en el que detallarían aquellos trámites que deberían permanecer con silencio negativo, los que podrían acogerse a la ley del silencio y aquellos que merecían contar con menor número de requisito. Nilda Rojas, encargada de la Secretaría de Gestión Pública, entidad dependiente de la PCM, informó que en el caso de ministerios y OPD un total de 397 procedimientos pasaron al silencio positivo. El Ministerio de Transporte, por ejemplo, lo ha hecho con la revalidación y duplicado de licencia de conducir; mientras que el sector Producción con la autorización de insumos fitosanitarios.

En lo que respecta a las municipalidades, es distinto. Hasta ayer, Rojas informó que solo el 40% de concejos limeños lo había hecho, aunque los informes seguían llegando hasta horas de la noche. "Son 15 los concejos que al menos nos han presentado con tiempo suficiente para su revisión", dijo. Estos son Lurín, Lima, Santa Anita, Villa El Salvador, Callao, San Martín de Porres, San Isidro, Pueblo Libre, Surquillo, San Luis, Ate, La Victoria, Lince, Puente Piedra y Magdalena, aunque ninguno lo hizo antes del 26 de diciembre.

Pero no solo se han fijado topes en los plazos. Magdalena ha eliminado la exigencia de certificado domiciliario y carnet sanitario para los vendedores de moneda extranjera en la vía pública. En San Luis, las órdenes judiciales sobre inscripciones marginales en las partidas de nacimiento, matrimonio y defunción ahora tienen aprobación automática, y Lima ha eliminado la autorización y habilitación de playas de estacionamiento.

LAS CIFRAS
42.549
procedimientos fueron mejorados en 13 ministerios y 15 organismos públicos descentralizados (OPD) como parte de la adecuación a la Ley del Silencio Administrativo Positivo.
4219 trámites innecesarios fueron eliminados en los ministerios, mientras que en las OPD se hizo lo mismo con otros 157.
415 días es el plazo que tiene la PCM para publicar la relación de entidades que cumplieron con acogerse a la ley del silencio y los cambios detallados que hicieron en sus TUPA.

DEL CONSULTOR
BEATRIZ BOZA. Abogada

Trámites no justificados son inválidos
La Ley 29060 o ley del silencio señala que si en el plazo establecido las entidades no cumplieron con justificar los procedimientos de sus TUPA ante la PCM, estos "quedarán sin efecto de pleno derecho". "Es decir, aquellos que no ingresaron sus informes no podrán imponer silencios negativos pues la Ley 29060 tiene mayor peso y deberá usarse además de otras normas existentes, como la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento, por ejemplo, para atender los trámites de los vecinos".

Nilda Rojas, de la Secretaría de Gestión Pública, indicó que algunas municipalidades querrán apelar a su autonomía para rechazar la simplificación, "pero la ley está por encima de ello". "Nosotros elevaremos recomendaciones, y acatarlas será la mejor señal de transparencia y de servicio al usuario".

Lucchetti coincidió con el abogado Marco Tulio Gutiérrez respecto a que los concejos no solo debieron justificar ante la PCM sus trámites, sino además publicar las modificaciones en el diario oficial "El Peruano", pues de lo contrario sus nuevos TUPA no tienen validez. Según Gutiérrez, solo Callao, La Perla, Lima, Magdalena, San Borja, San Isidro, San Luis, San Martín de Porres, Surquillo, Ventanilla y Villa El Salvador han emitido decretos u ordenanzas para informar sobre las modificaciones de sus TUPA.

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