Por Walter Albán Peralta. Profesor principal de la PUCP
Se debate en estos días, en el Congreso de la República, la modificación de la ley que regula lo concerniente al registro militar y el servicio militar voluntario (SMV), y no cabe duda de la pertinencia de incluir en tal modificación los incentivos necesarios para que nuestros jóvenes en edad de servir se sientan animados a optar libremente por ingresar con ese propósito a nuestras instituciones castrenses.
Pero se trata también de aprovechar esta oportunidad a fin de corregir el procedimiento actualmente vigente para llevar a cabo el SMV, que hoy somete a todos los jóvenes que cumplen los 17 años a penosos y onerosos trámites. En efecto, dichos trámites --que estos muchachos deben realizar de manera personal-- están orientados a obtener primero una partida de nacimiento, para con ella solicitar después una boleta militar, que un año más tarde deberán canjear por la Libreta Militar. Por fin, cumplidos los 18 años, deben obtener su DNI ante el Reniec.
Ocurre, sin embargo, que las cosas en este aspecto han cambiado para bien en el país. En la actualidad, la Constitución y la ley señalan que el único documento de identidad exigible a todo ciudadano o ciudadana es el DNI, y este documento supone el manejo de un registro centralizado por parte del Reniec, entidad que a su vez es responsable de mantenerlo actualizado.
De otro lado, los recursos tecnológicos disponibles permiten al Reniec cumplir periódicamente con el mandato legal de proporcionar a la ONPE y al JNE, por ejemplo, la información necesaria para elaborar el padrón electoral en cada convocatoria a elecciones. Pero la ley también exige que la información acerca de las personas que cumplen 17 años sea anualmente proporcionada al Registro Militar.
¿Tiene algún sentido, entonces, que se insista en obligar a todos los jóvenes que cumplen la edad necesaria a que: independientemente de su deseo de prestar o no un servicio que es voluntario, tengan que formar largas colas en locales de las instituciones armadas, portando los documentos y fotos exigidos para la inscripción, asumiendo en muchos casos costosos desplazamientos territoriales? Evidentemente, no.
El Registro Militar debe alimentarse de la información que el Reniec está obligado a proporcionarle periódicamente y los jóvenes solamente deberían acudir, al cumplir su mayoría de edad, a las oficinas de esta última entidad para obtener su DNI. Esto es lo propio en un Estado moderno y democrático, en el que se trata de facilitar las cosas al ciudadano o ciudadana y no de hacer todo lo contrario. Aquí, además, y sobre todo, se trata no solamente de evitar molestias innecesarias, sino de respetar derechos fundamentales, entre ellos, el de la identidad.
Nada explica ni justifica mantener el actual trámite de inscripción en el Registro Militar. Aquí se advierte, una vez más, la persistencia de viejas prácticas autoritarias que algunos aún se resisten a aceptar, que deben ser definitivamente erradicadas de la actuación de las instituciones estatales.
El Congreso, a través de su Comisión Permanente, tiene la palabra. La simplificación administrativa, como la transparencia y el acceso a la información, forman parte importante de lo que se conoce como las prácticas del buen gobierno, y todo ello sirve para cerrar brechas y mejorar la relación del Estado con la ciudadanía. Ojalá no perdamos esta oportunidad.