La Comisión de Constitución del Congreso acordó por unanimidad aprobar el proyecto de reforma que le permitirá al presidente del Poder Judicial presentar, con previo acuerdo de la sala plena de la Corte Suprema, una acción de inconstitucionalidad contra alguna ley.
El proyecto de reforma constitucional propone modificar el artículo 203 de la Carta Magna y el numeral 99 del Código Procesal Constitucional.
En esas normas se detalla que los únicos facultados para interponer una acción de inconstitucionalidad son el presidente de la República, el fiscal de la Nación, el defensor del Pueblo, los presidentes regionales, los congresistas y los colegios profesionales.
"Con la modificación que hemos aprobado estamos restableciendo la facultad al presidente del Poder Judicial para presentar la solicitud de inconstitucionalidad", comentó el titular de la Comisión de Constitución, Javier Velásquez Quesquén (Apra).
Esta es una prerrogativa que se contemplaba en la Carta Magna de 1979, pero que fue modificada en la de 1993.
PRESUPUESTO MÁS ÁGIL
Otro proyecto que se aprobó en la sesión de ayer es el que busca modificar los artículos 80 y 81 de la Carta Magna, los cuales se refieren a los plazos para dictaminar la cuenta general de la República.
La propuesta busca mejorar el control del presupuesto público, estableciendo nuevos plazos. De se aprobada por el pleno, la cuenta general de la República deberá presentarse hasta el 1 de setiembre y no el 15 de noviembre del año siguiente a la ejecución del presupuesto.