DEMANDA ANTE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PARA HACER RESPETAR POLÍTICAS NACIONALES
Legalización de cultivos de coca le fue negada antes a Cuzco y Huánuco. Se argumenta que Hernán Fuentes se excedió en sus competencias
Por Cecilia Rosales Ferreyros
La ordenanza de la región Puno sobre la hoja de coca (022-2007) es inconstitucional porque el presidente regional Hernán Fuentes carece de facultades para reconocerla como patrimonio cultural y menos para señalar que los cultivos ilegales de esa planta forman parte del cultivo tradicional. Este fue uno de los argumentos que esgrimió ayer el procurador Ricardo Castro Belapatiño luego de presentar ante el Tribunal Constitucional (TC), en nombre del Ministerio de Justicia, una demanda de inconstitucionalidad contra esa norma.
En el documento suscrito por el cuestionado presidente regional de Puno, el 28 de febrero pasado, se declara a la hoja de coca "patrimonio regional, cultural inmaterial, etnobotánico, sociológico, histórico, alimenticio, medicinal e industrial, y símbolo del pueblo quechua-aimara".
Pero Puno no es competente para hacer dichos reconocimientos, al no existir norma alguna que así lo faculte, se esgrime en la demanda.
Otro argumento planteado es que el Perú es un Estado unitario y descentralizado, por lo que los gobiernos regionales deben ejercer sus competencias dentro de los límites que establecen la Constitución y las leyes orgánicas. Su actuación debe ejecutarse preservando la unidad e integridad del Estado.
SENTENCIAS VIGENTES
En el documento presentado se recuerda que el TC ha declarado la inconstitucionalidad de ordenanzas de las regiones de Cusco y Huánuco que declararon patrimonio cultural de sus regiones a la planta de coca.
"Al haber el Gobierno Regional de Puno introducido nuevamente disposiciones legales declaradas inconstitucionales, vulnera la cosa juzgada", se explica.
Adicionalmente, se menciona el artículo 82 del Código Procesal Constitucional, que establece el carácter obligatorio de las sentencias del TC al considerarse cosa juzgada, "por lo que vinculan a todos los poderes públicos y producen efectos generales desde el día siguiente a la fecha de su publicación".
En la demanda también se menciona que la promulgación de la ordenanza regional es parte de un proyecto político de Hernán Fuentes, lo que ha quedado corroborado con las declaraciones que ha hecho sobre convocar un nuevo examen de docentes en su región y querer convertir a Puno en un Estado federado.
CLAVES
4En los próximos 10 días el TC resolverá si admite o rechaza el pedido del Poder Ejecutivo.
4Una vez admitida la demanda el TC corre traslado al demandado para que la conteste dentro de los siguientes 30 días.
4Luego el TC convoca una audiencia pública en la que las partes sustentan sus argumentos. El TC tiene 30 días para resolver la inconstitucionalidad de la norma.