El Ministerio de Defensa publicó ayer el reglamento de la Ley del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, el cual tipifica las faltas cometidas por el personal de los diferentes institutos armados.
La norma incluye a todo el personal, pues se establece claramente que su alcance comprende a los oficiales generales y almirantes, a los oficiales superiores, a los oficiales subalternos, a los técnicos supervisores, técnicos y suboficiales u oficiales de mar, y a la tropa y marinería.
Los diferentes institutos armados tienen 30 días para adecuarse al reglamento.
Uno de los artículos menciona que, dependiendo de la gravedad de una infracción, se impondrán como sanciones disciplinarias la amonestación, el arresto simple, el arresto de rigor y la postergación del ascenso.
También figuran sanciones como el pase a la situación de disponibilidad por medida disciplinaria, el pase a la situación de retiro por medida disciplinaria, la baja del servicio militar y la cancelación de asimilación o contrato.
La norma también señala que los órganos disciplinarios serán los órganos de investigación preliminar, que están integrados por las comisiones internas de investigación de la unidad y las inspectoría, y los órganos de investigación final que se clasifican en Consejos de Investigación para Oficiales y las Juntas de Investigación para Técnicos y Suboficiales u Oficiales del Mar.
El reglamento sobre disciplina en las Fuerzas Armadas entrará en vigencia a partir de hoy.
La Inspectoría General del Ministerio de Defensa supervisará las actividades operativas y disciplinarias de los órganos y organismos del sector en el ámbito militar, por especial encargo de ministro de Defensa, indica la disposición.