De manera enérgica, el magistrado del Tribunal Constitucional Juan Vergara Gotelli recordó que los jueces tienen la facultad de ordenar la conducta de los abogados y litigantes y tomar las medidas correctivas y disciplinarias cuando existan evidencias de malas prácticas en algunos de ellos. Asimismo, denunció que muchos de ellos no ejercen su autoridad y actúan con complacencia y descuido frente a casos de temeridad procesal, que lo único que ocasionan es congestionar el sistema judicial.
De manera coincidente, el jurista Francisco Eguiguren señaló que los magistrados deben sancionar a aquellos abogados que no solo presentan acciones sin sustento jurídico, sino también a los que obligan a una persona a recurrir al Poder Judicial para defenderse de algún acto legal abusivo. También recordó que el Código Procesal Constitucional establece que los abogados que incurren en temeridad procesal deben ser sancionados con el pago de los gastos ocasionados a su parte demandada.
Asimismo, propuso que tanto el Tribunal Constitucional como los colegios de abogados tengan la facultad de suspender o inhabilitar a los letrados para el ejercicio de su profesión.
Estas sanciones están reconocidas, por ejemplo, en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que señala la facultad de los jueces para sancionar a los abogados "que formulen pedidos maliciosos o manifiestamente ilegales y falseen a sabiendas la verdad de los hechos". Las sanciones pueden ser de amonestación y multa no menor de una unidad de referencia procesal (URP) (S/.350) ni mayor de 20 URP (S/7.000), así como la suspensión hasta por seis meses en el ejercicio profesional.
Según el Código Procesal Constitucional, las amonestaciones y sanciones por el uso indebido de los recursos procesales no solo están dirigidas a los abogados, sino también a los litigantes.
Esto último fue lo que ocurrió con la conductora Magaly Medina, que presentó una acción de amparo contra la Cuarta Sala Penal, que la juzgaba por difundir imágenes que afectaban la intimidad de varias vedettes. Ella fue condenada a pagar las costas de la acción judicial que inició, con el fin de evitar su juzgamiento.