Por Walter Albán *Abogado
Es, por decir lo menos, penosa la situación que se ha generado en el Consejo Nacional de la Magistratura, desde hace pocas semanas, cuando --sin que existiera prueba nueva que lo justificara-- optó por rectificar su propia decisión de diciembre del año pasado, sancionando a un mal magistrado. En efecto, en aquella oportunidad, atendiendo al pedido del Órgano de Control de la Magistratura, el CNM había resuelto sancionar con la destitución a un vocal de la Corte Superior de Lima que, a la sazón, venía presidiendo la misma por elección mayoritaria de sus colegas.
Los hechos hablan por sí solos. Más allá del detalle del proceso seguido ante el CNM, se trataba, a todas luces, de sancionar ejemplarmente a una persona cuya trayectoria evidencia un manejo poco escrupuloso del derecho y de las instancias jurisdiccionales para favorecer intereses de dudosa legitimidad. Peor aun, de alguien que, con esos antecedentes, se encontraba en condiciones --y pronto podría regresar a ellas-- de tomar medidas decisivas para organizar la actuación de los juzgados y salas superiores del distrito judicial más importante del país.
Al respecto se ha dicho, con razón, que nos encontramos ante un caso emblemático, pero lo es, por lo menos hasta el momento, de una manera lamentable. Pocas señales pueden ser más negativas que las de revertir una sanción que las propias autoridades del Poder Judicial habían demandado, como demostración de una decidida voluntad de erradicar la corrupción al interior del órgano jurisdiccional. Voluntad promovida, no con pocas resistencias, por magistrados probos como el actual presidente de la Corte Suprema o la jefa del órgano de control.
En circunstancias en las que la reforma de la justicia parece paralizada en el Congreso de la República y cuando la percepción ciudadana encuentra en el Poder Judicial uno de los espacios de mayor corrupción en el aparato estatal, una decisión de esta naturaleza solo contribuye a generar mayor desconfianza y escepticismo respecto de la posibilidad que tenemos los peruanos para superar las viejas lacras que obstruyen nuestro desarrollo institucional.
Lo acontecido con la rectificación del CNM debe llevar a una reflexión a fondo sobre la composición y forma de integrar el mismo. El diseño constitucional de esta institución contempla la participación de representantes de la sociedad civil, y eso es bueno. Pero, como se ha señalado en repetidas oportunidades, quienes asumen esa representación deben ser elegidos en procesos absolutamente transparentes y con reglas que permitan una amplia participación ciudadana. Hoy ocurre lo contrario.
Precisamente quienes modificaron su voto, consiguiendo así que la sanción de destitución quedara sin efecto, son dos miembros del CNM que lo integran como representantes de la sociedad civil y con especialidades profesionales ajenas al derecho. Por esa razón, resulta todavía más sorprendente que todo este embrollo derive de un equivocado apego a rígidos formalismos, no obstante existir consenso respecto a la veracidad y fundamentos de los cargos imputados al magistrado en cuestión. A saber: emitir sentencias contradictorias sin ofrecer ninguna explicación al respecto, haber vulnerado su obligación de respetar el precedente vinculante y haber extendido indebidamente los beneficios concedidos a una de las partes litigantes, a quienes no lo habían solicitado. Todos estos cargos, a su turno, habían sido ya evaluados y confirmados, tanto por la OCMA, como el propio Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Debemos permanecer atentos a lo que ocurra con este caso en los próximos días. Cualquiera sea el curso de los acontecimientos, estos tendrán una incidencia decisiva en el sistema judicial, así como en los valores y principios que inspiran nuestra todavía débil institucionalidad democrática. Ante la posibilidad de que pueda consumarse un atentado contra la razón y la moral ciudadana, solamente eso, el ejercicio de ciudadanía, puede librarnos del riesgo del sometimiento a los caprichos del poder y la poca vergüenza.
* Profesor principal del Departamento de Derecho de la PUCP