Sin visos de solución se encuentra el conflicto suscitado entre la Municipalidad de Santiago de Surco y la Asociación Club El Bosque, por la decisión edilicia de no permitir el funcionamiento de un centro de esparcimiento en los dos lotes que adquirió ese club en la tercera cuadra de la avenida Circunvalación del Club Golf Los Incas, que tienen una zonificación especial de uso residencial.
Tras un reciente intercambio de comunicados entre ambas instituciones, los representantes de El Bosque aseguraron que no cesarán en sus demandas ante el Poder Judicial a fin de que se reconozcan sus derechos y se sancione a los funcionarios municipales por abuso de autoridad y sustracción, ocultamiento, cambio o destrucción de prueba (en cuanto al manejo del expediente de su anteproyecto).
Esta última denuncia ya fue desestimada y archivada por la Cuarta Fiscalía Provincial Penal de Lima a fines de abril, pero la Asociación Club El Bosque interpuso un recurso de queja (apelación) ante la Cuarta Fiscalía Superior de Lima el 7 de mayo, al considerar que el fiscal no tomó en cuenta todas las pruebas remitidas por el club. Según los representantes de dicha asociación, la fiscalía asumió como cierta la manifestación de los funcionarios municipales denunciados, explicó Alfredo Paulette Vargas, gerente general de El Bosque. "El fiscal se centró solo en uno de los hechos considerados en la demanda, el informe 853-2006-SGPU-GDU-MSS, que, según la Municipalidad de Surco, nunca fue un documento oficial, sin verificar la validez de las pruebas que aportamos", señaló. El informe 853 --indica Paulette-- determinaba que los resultados de la consulta vecinal eran favorables a El Bosque, pero otros informes municipales dicen lo contrario.
La Asociación Club El Bosque también denunció la refoliación de su expediente y la adulteración de sellos, pero el informe fiscal considera que no hay indicios de la comisión de algún ilícito penal.
EN LA VÍA CONTENCIOSA
De enfrentar un nuevo revés en la vía penal, los representantes del club tienen abierto un proceso en el Tercer Juzgado Contencioso Administrativo, en el que solicitan la declaración de nulidad de las actas 1952 y 2580 del 2007. Con ellas, la Comisión Técnica de Surco declaró improcedente el anteproyecto del centro de esparcimiento, porque los certificados de parámetros indican que el predio tiene zonificación de densidad baja (R1) y, según la ordenanza 181-MSS-2004, no se permite un uso distinto del estrictamente residencial.
De acuerdo con los representantes del club, esa ordenanza es inaplicable para su entidad, porque aún no tiene el visto bueno de la Municipalidad de Lima y, por el contrario, les corresponde la Ordenanza 224 de concejo provincial, que compatibiliza el uso residencial con el de recreación y deporte.
Comuna insiste en que no cederáAnotó que tampoco se puede dar la nulidad de los certificados de parámetros expedidos, porque la Ordenanza 181, en que se basan, está vigente, salvo los artículos 1 y 4, declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional.
Núñez Zúñiga refirió incluso que en la propuesta de zonificación de reglamentación especial para dicha área (entregada hace 30 días a la Municipalidad de Lima para su aprobación) se mantiene el uso residencial.
"El Club El Bosque podría construir, si lo desea, un conjunto habitacional de cinco pisos de altura, con 50% de área libre, departamentos de 300 metros cuadrados y tres estacionamientos por unidad de vivienda. Esta es la propuesta presentada a Lima; no es cierto que se autorizará proyectos de Mivivienda", dijo.