El jefe de la Diravpol, coronel PNP Augusto Vega García, defendió la resolución del contrato con Inversiones LIP al indicar que la empresa no cumplió con los plazos para entregar el faltante de la mercadería (15%). Aseguró que no lo hizo ni siquiera en el plazo ampliatorio.
Pero cuando le hicimos notar que el artículo 226 del Reglamento de Consucode (segundo párrafo) permite "plazos mayores, pero en ningún caso mayor a quince (15) días...", Vega retrucó que ello solo rige para obras y no para bienes. Eso no es así. La ley dice que si bien el plazo de 15 días "se otorgará necesariamente en el caso de obras", también deja abierta la posibilidad de que se aplique en el caso de compras y otros, "dependiendo del monto contractual y de la complejidad, envergadura o sofisticación de la adquisición o contratación...".
También la faculta a resolver el contrato en forma parcial, es decir "castigando" la parte que no ha sido cumplida (15% en este caso). Pero la Diravpol decidió anular todo, incluido el 85% de la mercadería ya entregada por la empresa Inversiones LIP.