Por Luis Davelouis Lengua
Las modificaciones a la Ley General del Sistema Financiero (Ley 26702) promulgadas el domingo por el Ejecutivo (a través del Decreto Legislativo 1028-2008) promoverán la competencia entre los actores del sistema, al uniformizar las reglas de juego, afirmó Javier Poggi Campodónico, gerente de estudios económicos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y presidente del comité de esa institución que se encargó de proponer la modificación a la ley.
En efecto, hasta ahora la oferta de productos de las instituciones del sistema financiero peruano estaba constreñida a obtener una autorización de la SBS. Esta suponía cumplir con una serie de requisitos que permitiera a la entidad operar dentro de un determinado módulo o paquete de operaciones. "Nunca ninguna institución pudo calificar por lo complicado que resultaba el cumplimiento de los parámetros", explica el superintendente adjunto de banca de la SBS, Diego Cisneros.
Por ejemplo, el número de operaciones que puede realizar la banca es mucho mayor que las que pueden efectuar las instituciones microfinancieras cuando, en la práctica, no tiene una razón de ser desde el punto de vista del riesgo. "Que las cajas no puedan otorgar tarjetas de débito no tiene sentido cuando pueden ofrecer créditos hipotecarios", agregó Cisneros.
Con esta medida, vigente desde el 1 de julio, las instituciones microfinancieras podrán realizar operaciones de comercio exterior, negociar papeles del Estado Peruano y facturas, generar créditos para la titulación de hipotecas a través de mecanismos de financiamiento adicionales que les permitirán crecer, entre otros.
Y para ello no deberá calificar a un rango o módulo de operaciones; podrá aplicar ante la SBS para obtener las autorizaciones para realizar cada una de estas operaciones una por una. Así --explica Poggi--, se nivelan las reglas de juego y se logra que las instituciones microfinancieras se fortalezcan y puedan competir en mejores condiciones. A la larga, este incremento de la competencia debería obligar a los actores del mercado a reducir sus márgenes de utilidad, lo que repercutirá en el consumidor con precios más bajos y se favorecerá la bancarización, tarea en la que estas instituciones no bancarias son más activas.
"Al hacer más flexible el acceso, el costo financiero debe bajar por la mayor oferta y competencia", sostuvo Poggi.
TAMBIÉN BASILEA II
Las modificaciones, emitidas como parte de las facultades legislativas delegadas al Ejecutivo por el Congreso para la implementación del TLC con EE.UU., también contemplan la adecuación a los estándares de regulación, capital, evaluación y gestión de riesgos de Basilea II, un conjunto de prácticas que se recomienda adopten los países para fortalecer sus sistemas financieros.
En ese sentido, las instituciones financieras tienen hasta julio del 2009 para adecuarse a un límite mínimo de capitalización sobre colocaciones de 9,5% (el 2011 debe ser 10%). Actualmente el límite es 9,1%, pero el promedio del mercado es 12,3%. "Esta acción preventiva no generará perturbaciones en el mercado; nos protegerá frente a los vaivenes de los ciclos económicos", explicó Poggi.
Según Cisneros, la SBS viene trabajando en ello desde el 2002, de manera que el estándar internacional pueda ajustarse a la realidad del Perú. Además, estos ajustes "hacen mejores a las instituciones y proveen de mayor protección al ahorrista", concluyó Poggi.
Según ambos funcionarios, la ley es ahora más flexible y menos reglamentarista para enfrentar una realidad más dinámica. Eso sí, para evitar excesos, se obliga a la SBS a presentar con 90 días de anticipación los cambios que se proponga realizar.
Tipos de riesgo y gestión
Basilea II incorpora un nuevo tipo de riesgo a los que ya venían manejándose en el sistema financiero peruano: el riesgo operativo u operacional que se refiere al caso nada deseable de que se produzca, por ejemplo, una caída de los sistemas o el soporte tecnológico de la institución o, peor aun, el eventual riesgo de que un empleado pueda burlar los parámetros de seguridad de la entidad y producir un problema como el que quebró al banco más antiguo y prestigioso de Inglaterra, Barings (adquirido por ING) en la década de 1990 o, recientemente, la Societé Generale Francés.
Los otros dos tipos de riesgos están asociados a las colocaciones (riesgo crediticio) y a la eventualidad de un incumplimiento de pago masivo causado por una ola de desempleo, por ejemplo. El tercero es el riesgo de mercado, que tiene que ver con la valorización de los activos en los cuales invierten los bancos y la volatilidad que puedan tener sus precios en los mercados.
En un primer momento, los bancos se adecuarán a un método estándar de medición y gestión de riesgos y, más adelante, podrán generar sistemas o modelos más avanzados e individuales de gestión, siempre bajo la supervisión de la SBS.