Cada vez se torna más común llevar a cabo modificaciones internas o externas dentro del área de una vivienda, ya sea para agrandar un cuarto, convertir dos habitaciones en tres o para construir en los aires. Sin embargo, a pesar de que se realice este cambio dentro de su perímetro privado, esta obra depende de ciertos parámetros que el ingeniero y el propietario deben respetar --claro, si quieren establecerse dentro de los límites de la formalidad--.
CUESTIÓN DISTRITAL
En primer lugar, lo que uno debe hacer es averiguar, dentro de los lineamientos del distrito donde se encuentre ubicada su vivienda, los requisitos para sacar la licencia.
Así, pues, este documento será el único que avale la obra. En la mayoría de distritos de nuestra capital lleva por nombre licencia de obra para remodelación, ampliación, modificación o puesta en valor y cercado con edificación existente.
Para tramitar el documento, cada distrito tiene requisitos distintos; pero los más comunes son los siguientes: copia literal de la conformidad de obra o la licencia de obra o de construcción de la edificación existente. Asimismo, es usual que se deba presentar el presupuesto de obra con costos unitarios de mercado publicados en medios especializados, indicando la fuente. Es decir, los precios no pueden ser inventado ni aproximados.
Por otro lado, un elemento primordial es el plano de localización y ubicación, sellado y firmado por el proyectista encargado de la nueva obra, por más pequeña que esta sea. Este también debe llevar la rúbrica del propietario, ya que sirve de símbolo de autorización de la modificación.
En ciertos casos, cuando las autoridades lo crean necesario, hasta pueden exigir que se les brinde el plano de estructuras. Esto suele estimarse cuando el cambio es algo más elaborado, para confirmar que la obra no vaya a perjudicar las viviendas de al lado.
SOBRE COSTOS Y PLAZOS
Finalmente, en cuestión de costos, eso tiende a variar según cada distrito. Por ejemplo, la Municipalidad de San Borja cobra casi S/.25 por aprobar el proyecto, mientras que la de Santiago de Surco cobra S/.33. Y en cuestión de tiempos, al referirse a obras menores, los procesos se agilizan cada vez más. En muchos casos, hasta en dos días se puede autorizar la modificación.
PARA SU INTERÉS
Municipalidades y sus teléfonos de contacto
4BARRANCO:
www.munibarranco.gob.pe
Telf.: 373-0451-anexo 227
4BREÑA:
www.munibrena.gob.pe
Telf.:702-6853
4CHORRILLOS:
www.munichorrillos.gob.pe
Telf.: 467-0667 / 467-5553
4JESÚS MARÍA:
www.munijesusmaria.gob.pe
Telf.: 614-1212
vLA MOLINA:
www.munimolina.gob.pe
Telf.: 313-4444, anexo 287
4MAGDALENA DEL MAR:
www.munimagdalena.gob.pe
Telf.: 418-0755
4MIRAFLORES:
www.miraflores.gob.pe
Telf.: 617-7272
4PUEBLO LIBRE:
www.muniplibre.gob.pe
Telf.: 261-8080
SAN ISIDRO:
www.munisanisidro.gob.pe
Telf.: 513-9000
4SAN LUIS:
www.munisanluis.gob.pe
Telf.: 436-0210
4SAN MIGUEL
www.munisanmiguel.gob.pe
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vSANTIAGO DE SURCO:
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4SURQUILLO:
www.munisurquillo.gob.pe
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4LOS OLIVOS:
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Telf.: 613-8282
4SAN BORJA:
www.munisanborja.gob.pe
Telf.: 612-5555