La Ley del Silencio Administrativo, creada para reducir los plazos de atención de los trámites, incluye hasta diez medidas para que las entidades públicas se adapten a ella y la cumplan sin problemas. Sin embargo, cinco gobiernos regionales, 88 municipalidades provinciales y 345 distritales no han cumplido con sustentar sus textos únicos de procedimiento administrativo (TUPA). Además, no han publicado sus formularios en su página web, entregado reportes de los trámites declarados positivos o creado la central de riesgo administrativo, en la que se anota a quienes presentan documentos falsos.
Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), menos del 50% ha cumplido a cabalidad. Con excepción de los ministerios y algunos organismos públicos, en las páginas web de la gran mayoría de entidades no aparece información sobre la aplicación del silencio administrativo (definiciones, preguntas, respuestas, formatos). En tanto, los escasos TUPA publicados en la web de las entidades no contienen el texto íntegro de los mismos, explica Víctor Zavala, representante de la CCL.
La Cámara de Comercio también cuestionó la falta de información sobre las acciones y sanciones impuestas por la contraloría a las entidades que desacatan esa ley del silencio administrativo, pese a que es la llamada a fiscalizar su cumplimiento. Dicha norma establece que los jefes del Órgano de Control Interno, que dependen de la Contraloría, están obligados a informar de los reclamos o denuncias que formulen los vecinos al respecto.
EL DATO
Colaboración frustrada
El DL 1029 ordena la colaboración entre entidades públicas, a fin de atender oportunamente los trámites que requieren de informes o pronunciamientos de terceras instituciones, pero aún no se publica la norma que detalle tales procedimientos.