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RESOLUCIÓN ES POSITIVA, SEGÚN PROCURADOR ANTITERRORISTA

Corte de San José reconoce carácter terrorista de SL y también ejecuciones

Fallo deja al Perú la forma de indemnización a subversivos fallecidos en 1992 en Castro Castro

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José, reconoció a Sendero Luminoso (SL) como una organización violenta y terrorista, pero también dejó en claro que el mismo Estado Peruano reconoció que durante el régimen del extraditado Alberto Fujimori se ejecutó extrajudicialmente a 41 internos del penal Castro Castro en 1992.

La voluminosa resolución, que fue publicada ayer en la web de la Corte de San José, dispuso que el Estado Peruano resuelva "conforme a su derecho interno" el pago de la indemnización a cada uno de los reclusos que fallecieron durante el debelamiento del motín. "La CIDH carece de atribuciones para resolver dicho aspecto", indica el fallo. Este punto, según el procurador antiterrorismo Julio Galindo, es un "gran paso y muy positivo para el Perú".

RESPETAN FUERO INTERNO
Esta resolución, como se sabe, responde a la demanda de interpretación presentada por el Perú sobre el cuestionado dictamen que la corte emitiera en noviembre del 2006. El fallo dice, además, que el Estado Peruano deberá realizar un reconocimiento público de responsabilidad en la matanza de reos del penal, pero esto lo hará --según la resolución-- respetando su jurisdicción interna.

El pronunciamiento de la instancia supranacional indica también que se debe difundir la sentencia en radio y televisión. Sin embargo, "la modalidad y la forma (en que se realice) puede ser sometida a consideración por el Estado Peruano". Esto, según la misma corte, no será inmediato sino durante el proceso de ejecución y cumplimiento de la sentencia emitida por el tribunal.

Otro punto que merece resaltarse sobre el fallo es el referido a la colocación de los nombres de los subversivos fallecidos durante los sucesos del penal Castro Castro en el monumento conocido como "El ojo que llora". Sobre este particular, la corte de San José cambió su polémico parecer anterior y aceptó que el Estado Peruano "establezca un parque o erija un monumento que satisfaga el sentido y fin" de lo ordenado por el tribunal en su fallo. Es decir, deja en manos de nuestro país las acciones que sean necesarias sobre dicha materia.

SEPA MÁS
4Luis Salgado, ex agente del Estado Peruano para el Caso Castro Castro, fue quien presentó la sustentada demanda de interpretación ante la corte, que fuera acogida en parte por este tribunal internacional.
4Antes de ser sacado del cargo, Salgado presentó un informe de El Comercio a la corte, en el que se reveló que uno de los ideólogos de SL en el Huallaga, Atilio Cahuana, se iba a beneficiar con el fallo, si es que lo confirmaban del todo.

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