Tras la advertencia de El Comercio sobre el peligro que representa la posibilidad de no utilizar como prueba los audios incluidos en la investigación penal que se sigue al ex directivo de Perú-Petro Alberto Quimper y al prófugo ex diputado aprista Rómulo León Alegría, por la presunta concesión irregular de cinco lotes petroleros a la empresa Discover Petroleum, el fiscal a cargo del caso, Óscar Zevallos, informó ayer a este Diario que la fiscalía ha determinado que esos audios sí tienen valor y se utilizarán como instrumento en la denuncia penal que emita la próxima semana ante los juzgados anticorrupción.
"Los audios van a ser el sustento de nuestra resolución final. Estamos trabajando en consolidar jurídica, doctrinaria y jurisprudencialmente su validez (...) Es cierto que puede haber una discusión doctrinaria; sin embargo, la fiscalía ya determinó su posición: los audios tienen valor, sí se aplican. Por ellos fue que ordenamos la detención de Quimper y León", aseguró el titular de la Segunda Fiscalía Anticorrupción.
Con respecto a si la validez de los audios puede ser cuestionada por su obtención ilícita, Zevallos recordó que los videos incautados a Vladimiro Montesinos también fueron grabados de manera ilegal y, sin embargo, han servido como prueba para condenar a la red de corrupción que operó durante el gobierno de Alberto Fujimori.
Asimismo, indicó que la investigación penal ha avanzado en un 90%, y que ayer declararon el gerente general de Petro-Perú, Miguel Celi, y el viceministro de Defensa, Rafael Aíta, "aunque no asistió a la citación Rómulo León Romero (hijo del prófugo León Alegría)".
"El lunes continuaremos con las declaraciones del abogado Ernesto Arias Schreiber (representante legal de la empresa Discover Petroleum), recabaremos el informe de la contraloría, y el martes concluiremos nuestra investigación y presentaremos la resolución final", aseveró.
El viceministro de Justicia, Erasmo Reyna, coincidió con Zevallos, y aseguró que los audios son tan válidos como los 'vladivideos'.
FRUTO DEL ÁRBOL PROHIBIDO
Cabe resaltar lo dicho por el abogado penalista Luis Lamas Puccio, quien señaló que la Constitución cuestiona la validez de los audios, al establecer que "las comunicaciones, telecomunicaciones o sus instrumentos solo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento motivado del juez (...) Los documentos privados obtenidos con violación de este precepto no tienen efecto legal".
Según el presidente de la Corte Superior de Lima, Ángel Romero, este mandato ha originado dos opiniones: "Unos dicen que los audios son una prueba prohibida y que no tienen ningún valor; mientras otros sostienen que sí son válidos porque no se habla de hechos íntimos, sino de interés público".
Concluyó que está en manos del Ministerio Público y del Poder Judicial evaluar ese tema.
OPINIÓN
"En la jurisprudencia existente, los audios que han sido grabados ilícitamente no han sido tomados como prueba, sino como referencia (...) La Constitución prohíbe toda prueba obtenida ilícitamente. Creo que hay que modificarla, para que en todo caso estas pruebas puedan tener valor cuando se trata de un hecho de interés público".
Mario Amoretti. Abogado penalista